Describo cómo se aplicaron los derechos humanos de libertad e igualdad durante la Ilustración europea y cómo se practican en la actualidad.
Para completar el cuadro comparativo, se contrasta la concepción ilustrada de estos derechos (declaradas en las constituciones de la época, pero con alcance limitado) con la práctica contemporánea, respaldada por instrumentos jurídicos internacionales y nacionales.
Paso 1: Ilustración europea — Libertad
- Los filósofos ilustrados (Voltaire, Rousseau, Locke) plantearon la libertad como derecho natural del individuo frente al absolutismo monárquico.
- Se defendieron la libertad de expresión, de prensa y de pensamiento (liberalismo clásico).
- En EE. UU. (1776) se declaró "vida, libertad y búsqueda de la felicidad"; en Francia (1789) la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano proclamó que los hombres nacen libres e iguales en derechos.
- Sin embargo, la libertad se limitó a los varones propietarios: quedaban excluidos las mujeres, los esclavos y quienes no poseían bienes.
Respuesta orientativa: Se proclamó la libertad individual frente al despotismo (libertad de prensa, de expresión, de conciencia), pero solo para una parte de la población (hombres blancos, propietarios).
Paso 2: Ilustración europea — Igualdad
- Se negó el derecho divino de los reyes y el estamento de privilegios del Antiguo Régimen.
- Rousseau y Diderot sostuvieron la igualdad jurídica ante la ley y la abolición de los privilegios nobiliarios y del clero.
- Esto inspiró la abolición de la servidumbre en algunas regiones y la igualdad ante la ley en el Código Civil francés (1804).
- En la práctica persistían desigualdades: los derechos políticos dependían de la propiedad y el sufragio no era universal.
Respuesta orientativa: Se defendió la igualdad jurídica y la supresión de los privilegios del Antiguo Régimen (título nobiliario, fueros), pero no la igualdad social ni política universal.
Paso 3: Actualidad — Libertad
- La Declaración Universal de los Derechos Humanos (ONU, 1948) reconoce en su artículo 1 la libertad como derecho inherente a toda persona.
- Las constituciones modernas garantizan libertades civiles y políticas: expresión, prensa, reunión, asociación, religión y circulación.
- Existen organismos internacionales (Corte Interamericana de Derechos Humanos, Corte Europea) que protegen estos derechos ante los Estados.
- Persisten problemas: censura, limitación de prensa y persecución de disidentes en algunos países.
Respuesta orientativa: Hoy la libertad está consagrada en tratados internacionales y constituciones nacionales, con mecanismos jurídicos que la protegen, aunque su cumplimiento es desigual según el país.
Paso 4: Actualidad — Igualdad
- Se prohíbe la discriminación por género, etnia, religión, orientación sexual o condición económica (artículo 2 de la DUDH).
- Los Estados reconocen el sufragio universal (incluidas las mujeres) y el principio de igualdad ante la ley.
- Se han establecido cuotas y políticas de equidad para grupos históricamente excluidos (mujeres, pueblos indígenas, personas con discapacidad).
- Persisten brechas salariales, desigualdad educativa y racismo estructural.
Respuesta orientativa: Se reconoce la igualdad formal y se han creado políticas de inclusión y no discriminación, aunque persisten brechas sociales y económicas concretas.
Tabla comparativa completa:
| Época | Libertad | Igualdad |
|---|---|---|
| Ilustración europea | Derecho natural frente al absolutismo; libertad de prensa, expresión y conciencia; inspiró las independencias de EE. UU. y Francia. Limitada a varones propietarios. | Negación de los privilegios nobiliarios y del derecho divino del rey; igualdad jurídica ante la ley; pero sin igualdad política ni social universal. |
| Actualidad | Consagrada en la DUDH (1948) y en las constituciones nacionales; protegida por organismos internacionales; aún vulnerada en algunos países. | Prohibición de toda discriminación; sufragio universal; políticas de equidad; persisten brechas salariales, educativas y racismo estructural. |








