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Símbolos de la Patria y Declaración Universal de los Derechos Humanos

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Página de referencia cívica. Presenta los Símbolos de la Patria del Perú (Bandera, Himno, Escudo) y los 30 artículos de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (ONU, 1948). No contiene ejercicios con respuesta única.

📚 theory ciudadania ⭐⭐ Dificultad 2/5 ⏱ 12 min lectura

Solución — Página 188

Antología literaria 4 · 2020

Lectura

Símbolos de la Patria

El Perú tiene tres símbolos nacionales principales:

  • Bandera Nacional: bicolor roja y blanca, símbolo de la nación peruana.
  • Himno Nacional: su coro dice: «Somos libres, seámoslo siempre / y antes niegue sus luces el Sol, / que faltemos al voto solemne / que la Patria al Eterno elevó.»
  • Escudo Nacional: representa la riqueza natural, animal y mineral del Perú.

Declaración Universal de los Derechos Humanos

Aprobada el 10 de diciembre de 1948 por la Asamblea General de las Naciones Unidas. Contiene 30 artículos que proclaman los derechos y libertades fundamentales de toda persona humana.

Artículos principales (resumen):

| Artículo | Derecho | |----------|---------|| | 1 | Todos nacen libres e iguales en dignidad y derechos. | | 2 | Sin discriminación por raza, color, sexo, idioma, religión, origen u opinión. | | 3 | Derecho a la vida, libertad y seguridad. | | 4 | Prohibición de la esclavitud. | | 5 | Prohibición de torturas y tratos crueles. | | 6 | Reconocimiento de la personalidad jurídica. | | 7 | Igualdad ante la ley. | | 8 | Derecho a recurso judicial efectivo. | | 9 | Nadie puede ser arbitrariamente detenido. | | 10 | Derecho a juicio justo e imparcial. | | 11 | Presunción de inocencia; no hay pena retroactiva. | | 12 | Protección de la vida privada y reputación. | | 13 | Libertad de circulación y residencia. | | 14 | Derecho de asilo en caso de persecución. | | 15 | Derecho a una nacionalidad. | | 16 | Derecho al matrimonio y a fundar una familia. | | 17 | Derecho a la propiedad. | | 18 | Libertad de pensamiento, conciencia y religión. | | 19 | Libertad de opinión y expresión. | | 20 | Libertad de reunión y asociación pacífica. | | 21 | Derecho a participar en el gobierno; sufragio universal. | | 22 | Derecho a la seguridad social y derechos económicos, sociales y culturales. | | 23 | Derecho al trabajo, igual salario, sindicación. | | 24 | Derecho al descanso y vacaciones pagadas. | | 25 | Derecho a un nivel de vida adecuado; protección a la maternidad e infancia. | | 26 | Derecho a la educación gratuita y obligatoria. | | 27 | Derecho a la vida cultural y protección de la propiedad intelectual. | | 28 | Derecho a un orden social que haga efectivos estos derechos. | | 29 | Deberes hacia la comunidad; las libertades tienen límites fijados por la ley. | | 30 | Ningún Estado, grupo o persona puede destruir estos derechos. |

Glosario

  • Dignidad: cualidad que hace a toda persona merecedora de respeto y trato justo.
  • Sufragio universal: derecho de todos los ciudadanos a votar sin restricciones.
  • Seguridad social: sistema de protección ante desempleo, enfermedad, vejez e invalidez.
  • Personalidad jurídica: reconocimiento legal de una persona como sujeto de derechos.
  • Asilo: protección que un Estado otorga a personas perseguidas en otro país.
  • Propiedad intelectual: derechos del autor sobre sus creaciones científicas, literarias o artísticas.
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📌 Antes de leer esto
  • Conocimientos básicos de civismo y organización del Estado
  • Comprensión del concepto de derechos y deberes ciudadanos
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SiMBOLOS DE LA PATRIA

DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

EI 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó y proclamóla Declaración Universal de Derechos Humanos. cuyos articulos figuran a continuación:

Articulo 1

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y. (- deben compomtarse fratemalmente los unos con los ctros.

Articulo2

Toda persona tene los dereches y lbertades proclamados en esta Declaracion, sin distincion alguna de raza, color, seoo, idioma, nelgion, opinión poica o de cualquier otra indole, origen nacional o social posicion econdmica, nacimiento o cualquier otra condición. Ademas, no se hara distincion algun fundada en la condición politica, juridica o intemacional del pals o temitorio de cuya jurisdiccibn dependa ura persona (].

Articulo 3

Todo individuo fene derecho a la vida, a la Ibertad y a la seguridad de su persona.Articulo 4

Nadie estara sometido a esclavitud ni a senvidumbre, la esclavinud y la trata de esclavos estan prohibidas en todas sus formas.

Articulo 5

Nadie serd sometdo a torturas ni a penas o batos crueles,ihumanoso dogradartos.

Articulo 6

Todo ser humano bone derecho, en todag pames feonocmiento de su personalidad juridica.

Articulo 7

Todos son iguales ante la ley y fenen, sin distincibn, denecho a igual protección de la ley. Todos fenen denecho a igual proteccidn contra toda diserieminacion que infinja esta Declaracioen ().

Articulo 8

Toda persona tene derecho a un recurso efeclvo, ante los trbunales nacionales competentes, qwe la ampare contra actos que violeon sus derechos fundamentales (-]).

Articulo 9

Nade podra ser artitrarfamente detenido, preso ni dofterado.

Artieulo 10

Toda persona fene derecho, en condicones de plena igualdad, a ser oida publcamente y con justcia por un tribunal independiente e imparcial,para la determinacin de sus derechos yobligaciones o par el examen de cualquier acusacidn contra ela en materia pendl.

Articulo 11

pruebe sa culpabilidad (..).

2.Nadie sera condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delichivos segin el Derecho nacional o intemacional. Tampoco se imgondra pena mas grave que la aplicable en ell momento de la comision del dolto.

Articulo 12

Nadie sera objeto de injerencias arbirarias en su vida phvada, su famlla,pu domiclio o su comespondencia, ni de atagues a su honra oa su reputacin.Toda persona tene derecho a la proteccin de la lev oontra tales nenencias o atagues.

Articulo 13

1.Toda persona tene derecho a crcular lbremente y a elegir su residenca en el temtonio de un Estado.

2.Toda persona tene derocho a salr de cualquier pals,induso el peopio, y a regres a su pals.Articulo 14

1.En caso de persocucion, toda persona fene derecho a buscar asio,y a distrutar de en cualquier ais.

comunes o por actos opuestos a los propositos y principios de las Naciones Unidas.

Articulo 15

1.Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.

2.A.nadie se privard artirariamente de su naconalidad ni del derecho a cambiar de nacionaldad.Articulo 16

1.Los hombres y las mujeres, a partr de la edad nübl, tenen derecho, sin restriccion algunapor motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia (.].

2.S6lo mediante libre y pleno consentmiento de los futuros esposos podra contraerse el matrimonio 3.La famlies el elemento natural y fundamental dela sociedad y tene derecho a la protocion de la socedadyde Estado.

Articulo 17

1.Toda persona tiene dereche a la progiedad, individual y coleetivamente.

2.Nadie sera privado arbitrariamente de sa propiedad.

Articulo 18

Toda persona Sene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión (–-).Articulo 19

Todo individao fene derecho a la Ibertad de opinion y de expresin (−).

Articulo 20

1.Toda persona tene derecho a la ibertad de reunion y de asociacion pacifcas.2.Nadie podra ser obligado a pertenecer a una asociacion.

Articulo 21

1.Toda persona bene derecho a parfcipar en el gobiemo de su pais, dinectamente o por medio de representantes libremente escogidos.

  1. Toda persona bene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones putblcas de 80 pais.

3.La Voluntad del puebio es la base de la autoridad del poder pübico; esta voluntad se expresara mediante eleccicnes autenfcas que habran de oelebrarse perodicamente, por sutragio universal e igual y porvoto secreto u otro prooedimiento equivalente que garantoe la lbertad del voto.

Articulo 22

Toda persona () tene-denfcho a la segundadsocial, y a obtener, (-)habida cuenta de la orgenza cibn y los recursos de cada Estado, la saistaocibn de los derechos economicos, sociales y culturales,indispensables a su dignidad y al libro desamold de su personalidad.

Articulo 23

1.Toda persona tene derecho al rabajo,a la libre elecion de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la proteccion contra el desempleo.

2.Toda persona Sene derecho, sin disorirninadieh alguna, a igual salario por trabajo igual.

3.Toda persona que trabela tiene derecho a una remuneracion equitativa y satistactoria. que le asegune, asi como a su famia, una existendia contome a la dignidad humana y que sera completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de proteccion social.

4.Toda persona tene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa do sus intereses.Articulo 24

Toda persona bope derecho al descanso, al distfrute del bempo libre, a una limitacion razonable de la duracibn del tabajo y a vacaciones peribdicas pagadas.

Articulo 25

1.Toda persona tene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegune, asi como a su famiia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentacion, el vestido, la vivienda, la asistencia medica y los senvicqs sociales necesarios;tene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo.enfemmoqad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de perdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.

2.La materidid y la infancia tenen derecho a cuidados y asistencia especiales.Todos los ninos,nacidos de matrimonip o fuera de matrimonio, tenen derecho a igual proteccion social.

Articulo 26

1.Toda persona bene derecho a la educación. La educacibn debe ser gratuta, al menos en lo conoemienteala insoon eimentay ndamenta.Lainstodon ekementa sera obigatoria. La instruccidn tbenica y profesional habra de ser generalzada; el aooeso a los esudios supemores ser igual para todes, en funcion de los mertos respectivos.

2.La educacion tendra por objeto el pleno desarollo de la personaidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las Ibertades fundamentales; favorecera la comprension, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupes etnicos o religiosos y promovera el desarollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.

3.Los padres tendran derecho preferente a esooger el tipo de educacion que habra de darse a sus hio6.

Articulo 27

1.Toda persona tene derecho a tomar pate lbremente en la vida cuural de la comunidad,a gozar dolas artes ya paricipar en ol progreso ciensfoo y en los benefcios qu de el resuton.

2.Tota persona tene derecho a la protecoion de los intorgses morales y materiales quo le corespondan por razon de las producciones cientifcas, Iteranas O artisticas de que sea autora.

Articulo 28

Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e inoermacional en el qao los derechos y libertades proclamados en esta Dediaracion se hagan plenamente efechvos.

Articulo 29

T.Toda persona tene deberes respecto a la cogrnidad6-1.

2.Enel ejercicio de sus derechos y en el dsrue de sus tibertades, toda persona estara solamente sujetaa tas limitaciones establecidas por laley conel nito fn de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y lbertades de los demas, ydesatstacer las justas exigencias de la moral.del orden publico y dei bienestar general en una soeledad democratca.

3.Estos derechos y lbertades no podran en ningun caso ser ejercidos en oposicin a los propostos y principies de las Naciones Ungas.

Articulo 30

Nada en la presente Declaracion podra interprotarse en el sentido de que confere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona. para emprender y desarrollar actividades () tondientes a la supresibn de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Dediaracion.

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CORO Somos libres, seamoslo siempre y antes niegue sus luces el Sol, que faltemos al voto solemne que la Patria al Eterno elevó.

Bandera Nacional

Himno Nacional

Escudo Nacional

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