Identifica tres leyes impuestas durante la Edad Media y realiza una comparación con su práctica actual.
Se presentan tres ejemplos de normas medievales, cada uno comparado con su versión o equivalente en el derecho moderno.
Ley 1: El sistema feudal y el pago de diezmo
- La ley feudal obligaba a los campesinos (siervos de la gleba) a trabajar las tierras del señor y a entregarle parte de sus cosechas (diezmo) a cambio de protección.
- Los siervos no podían abandonar el feudo ni disponer libremente de sus bienes.
Comparación con la práctica actual:
- Hoy los impuestos se establecen por la Constitución y las leyes aprobadas por la Asamblea Nacional, no por la decisión de un señor.
- Todos los ciudadanos pagan impuestos (IVA, IR, ICE) y el Estado los redistribuye en salud, educación y obras públicas.
- No existen siervos: el trabajo es libre y está regulado por el Código del Trabajo, que exige salarios y derechos laborales.
Ley 2: Los fueros y privilegios de la nobleza y el clero
- La nobleza y el clero estaban exentos de pagar tributos y de ser juzgados por los tribunales comunes (foro eclesiástico).
- El rey otorgaba fueros (privilegios) por nacimiento.
Comparación con la práctica actual:
- En la Constitución ecuatoriana (art. 11) se prohíbe la discriminación y el reconocimiento de títulos nobiliarios.
- Hoy todos son iguales ante la ley (art. 11: "No hay inferioridad física, psíquica, social o económica ni discriminación alguna") y nadie puede ser juzgado por tribunales especiales por su origen.
- Las únicas "exenciones" son las inmunidades parlamentarias por delitos cometidos en el cargo, y estas caducan al terminar el mandato.
Ley 3: La Santa Inquisición y la persecución por herejía
- Los tribunales de la Inquisición (siglos XII-XVII) juzgaban y castigaban a quienes profesaban creencias consideradas herejía: quema en la hoguera, confiscación de bienes y penitencias públicas.
- El procesado no tenía derecho a defensa ni a apelación.
Comparación con la práctica actual:
- Hoy el derecho a la libertad de conciencia y religión está garantizado (art. 19 de la Constitución ecuatoriana).
- Nadie puede ser perseguido por sus ideas o creencias; el Estado es laico y no persigue a nadie por religión.
- Todo acusado tiene derecho a un juicio justo, abogado y apelación (debido proceso, art. 76 de la Constitución).
(Ley feudal con diezmo → impuestos y Código del Trabajo; Fueros nobiliarios → igualdad jurídica; Inquisición → libertad de conciencia y debido proceso).









