Completar el esquema gráfico "Liderazgo indígena femenino → Consecuencias" con las principales consecuencias de la lucha de Dolores Cacuango, Tránsito Amaguaña y Rigoberta Menchú en los procesos de liberación de Ecuador y América Latina.
El esquema tiene dos ramas de consecuencias (una superior y una inferior), cada una con dos casillas por completar. A continuación se propone una distribución de cuatro consecuencias principales.
Rama superior — Consecuencias (Ecuador)
- Dolores Cacuango fundó en 1931 la Federación de Indígenas de la Provincia de Pichincha y organizó las primeras escuelas bilingües (quichua-español) en las comunidades andinas, lo que generó la afirmación de la identidad indígena y el derecho a la educación propia.
- Tránsito Amaguaña impulsó la recuperación de tierras y la creación de la primera cooperativa agrícola indígena (Ventanas, 1944), así que la consecuencia es el reconocimiento legal de la propiedad comunitaria y la organización campesina mediante leyes de reforma agraria.
Afirmación de la identidad indígena mediante educación bilingüe y organización de escuelas comunitarias; recuperación de tierras y reconocimiento del derecho de propiedad indígena a través de cooperativas y reformas agrarias.
Rama inferior — Consecuencias (América Latina)
- Rigoberta Menchú, al recibir el Premio Nobel de la Paz en 1992, visibilizó internacionalmente la lucha de los pueblos indígenas por la justicia social, lo que produjo el fortalecimiento de los movimientos indígenas y de los derechos humanos en Guatemala y el continente.
- La lucha conjunta de estas lideresas impulsó el reconocimiento constitucional de la plurinacionalidad y de los derechos colectivos de los pueblos y nacionalidades indígenas en Ecuador (Constitución de 2008) y en otros países de América Latina.
Respuesta global: Las consecuencias son: educación bilingüe e identidad indígena, recuperación de tierras y organización campesina, reconocimiento internacional de los derechos indígenas y reconocimiento constitucional de la plurinacionalidad.
Visibilización internacional de la causa indígena y fortalecimiento de los movimientos por los derechos humanos; reconocimiento constitucional de la plurinacionalidad y de los derechos colectivos de los pueblos indígenas en América Latina.









