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Yachachinapaq Shimikuna - Vocabulario Pedagógico Quechua Central (Portada)

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Portada del vocabulario pedagógico Quechua Central (MINEDU, 2021) + página de Símbolos de la Patria con DUDH Arts. 1-30.

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Yachachinapaq shimikuna - chawpin qichwa = Vocabulario pedagógico quechua central · 2021

Lectura

Portada del libro (lado derecho)

Título: YACHACHINAPAQ SHIMIKUNA Subtítulo: Chawpin Qichwa Descripción: Vocabulario Pedagógico Quechua Central Editorial: Ministerio de Educación del Perú (MINEDU) Año: 2021

El diseño incluye motivos textiles andinos multicolores que evocan la tradición quechua.

Símbolos de la Patria (lado izquierdo)

Página estándar incluida en todos los textos MINEDU con:

Bandera del Perú — símbolo nacional tricolor (rojo-blanco-rojo).

Escudo del Perú — con vicuña, árbol de la quina y cornucopia.

Himno Nacional — Coro:

Somos libres, seámoslo siempre, y antes niegue sus luces el Sol, que faltemos al voto solemne que la Patria al Eterno elevó.

Declaración Universal de los Derechos Humanos (Arts. 1-30):

  • Art. 1: Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos.
  • Art. 2: Sin distinción de raza, color, sexo, idioma, religión u opinión política.
  • Art. 3: Derecho a la vida, libertad y seguridad.
  • Art. 4: Prohibición de esclavitud y servidumbre.
  • Art. 5: Prohibición de tortura y tratos crueles o degradantes.
  • Art. 6: Reconocimiento de la personalidad jurídica.
  • Art. 7: Igualdad ante la ley.
  • Art. 8: Derecho a recurso efectivo ante tribunales.
  • Art. 9: Prohibición de detención arbitraria.
  • Art. 10: Derecho a juicio justo e imparcial.
  • Art. 11: Presunción de inocencia; irretroactividad penal.
  • Art. 12: Derecho a la privacidad.
  • Art. 13: Libertad de circulación y residencia.
  • Art. 14: Derecho a asilo.
  • Art. 15: Derecho a una nacionalidad.
  • Art. 16: Derecho al matrimonio y a fundar una familia.
  • Art. 17: Derecho a la propiedad.
  • Art. 18: Libertad de pensamiento, conciencia y religión.
  • Art. 19: Libertad de opinión y expresión.
  • Art. 20: Libertad de reunión y asociación pacífica.
  • Art. 21: Derecho a participar en el gobierno.
  • Art. 22: Derecho a la seguridad social.
  • Art. 23: Derecho al trabajo y salario equitativo.
  • Art. 24: Derecho al descanso y vacaciones pagadas.
  • Art. 25: Derecho a un nivel de vida adecuado (salud, vivienda, alimentación).
  • Art. 26: Derecho a la educación gratuita y obligatoria.
  • Art. 27: Derecho a la vida cultural y protección intelectual.
  • Art. 28: Derecho a un orden social e internacional justo.
  • Art. 29: Deberes hacia la comunidad; límites de los derechos.
  • Art. 30: Ningún Estado o persona puede suprimir los derechos declarados.
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📌 Antes de leer esto
  • Conocimiento básico del sistema educativo peruano (EIB - Educación Intercultural Bilingüe)
  • Noción de qué son las lenguas originarias o indígenas
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SIMBOLOS DE LA PATRIA

Declaración Universal de los Derechos Humanos

EI 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó y proclamóla Declaracion Universal de Derechos Humanos, cuyos articulos figuran a continuacion:

Articuto 1.- Todos los seres humanos nacen Eores e iguales en dignidad y derechos y (.)deben comportarse fratemalmente los unos con los otros.

Articulo 2.-Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaracidn, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religidn, opinion politica o de cualquier otra Indole, origen nacional o social, posición economica, nacimiento o cualquier otra condicion. Ademas, no se hara distinción alguna fundada en la condicion politica, juridica o intermacional delpais o territorio de cuya jurisdiccion dependa una persona (..).

Articulo 3,-Todoindividuo tene derecho alavida,ala libertadyala seguridad de su persona.Articulo 4.-Nadieestard sometido a esclavitud ni a servidumbre; la esclavitudy la trata de esclavos estan prohibidas en todas sus formas.

Articulo 5.- Nadie sera sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Articulo 6.- Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personaldadiuridica.

Artieulo7-Todos son iguales ante la lev y tienen,sin distincidn.derecho aigual proteccion de la ley. Todos tienen derecho a igual proteccion contra toda discriminacion que infrinja esta Declaración (.)

Articulo 8.-Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales (.).

Articulo 9.-Nadie podra ser arbitrariamente detenido,preso nidesterrado.

Articulo 10.-Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oida publicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinacion de sus derechos y obllgaciones o para el examen de cualquier acusacion contra ella en materia penal

Articulo11.

  1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no sepruebe suculpabidad(..).

  2. Nadie sera condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos segan el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondra pena mds aranvegue laaplicableen elmomento dela comision del delito.

Articulo 12.- Nadie sera objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su famiia, su domicilio o su corespondencia, ni de ataques a su honra o a su reputacion, Toda persona tiene derecho ala proteccidn de la ley contra tales injerencias o ataques.

Articulo 13

  1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.

2.Toda persona tiene derecho a salir de cualquier pais, incluso del propio. y a regresar a su pais.

Articulo 14.

  1. En caso de persecucion, toda persona tiene derecho a buscar asilo. y a disfrutar de 6l, en cualquierpais.

  2. Este derecho no podrá ser invocado contra una accion judicial realmente originada por delmos comunes o por actos opuestos alos propdsitos yprincipios de las Naciones Unidas.Articulo 15..

1.Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.

2.A nadie se privara arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.

Articulo 16.

  1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad nobil, tienen derecho, sin restricción alguna pormotivosderaza.nacionalidadoreligion.a casarseytundarunafanilia(..).

2.Solo mediante Hbrey pleno consentimiento de los futuros esposos podra contraerse el matrimonio.

3.La famiia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedady del Estado.

Articulo 17.

1.Toda persona tiene derecho a la propiedad, individualy colectivamente.

2.Nadie sera privadoarbitrariamente de su propiedad.

Articulo 18.- Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religidn(..)

Artieulo 19.-Todo individuo tiene derecho ala libertad de opinióny de expresión (..).Articulo20.

  1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reuniony de asociación paclficas.

2.Nadie podra ser obligado a pertenecera una asociación.

Articulo 21.

1.Toda persona tiene derecho a participar en el gobiemo de su pais, directamente o por medio derepresentanteslibrementeescogidos

2.Toda persona tiene el derecho de acoeso,en condiciones de igualdad, a las funciones publicas de su pais.

oxpresardmediante elecciones autenticas que habran do celebrarseperiddicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad delvoto.

Articulo 22.-Toda persona (..)tiene derecho a la seguridad social, y a obtener (..)habida cuenta de la organizacidn v los recursos de cada Estado, la satisfaocidn de los derechos economicos, sociales y culturales,indispensables a su dignidady al libre desarrollo de su personalidad.

Articulo 23.

  1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo yala proteccion contra el desempleo.

2.Toda persona tiene derecho, sin diseriminacion alguna, a igual salario por trabajo igual.

3.Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneracion equitativay satisfactoria,quo le asegure, asi como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que sera completada, en caso necesario, por cualesqulera otros medios de proteccion social.

  1. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.

Articulo 24..

Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una Emitación razonable de la duracion del trabajo y a vacaciones periodicas pagadas.

Articulo 25,

  1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, asi como a su famiia,la salud y el bienestar.y en especial la alimentacion, el vestido, la vivienda, la asistencia medica y los servicios sociales necesarios; fone asimismo derecho a los seguros en casode desempleo.enfemedad.invalidez.viudez. yeiezu otros casos de perdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.

  2. La matemidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los nifos, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual proteccion social.

Articulo 26,

  1. Toda persona tiene derecho a la educacion. La educacion debe ser gratuita, almenos enlo concemiente a la instnuccion elementalyfundamental.La instnucción elemental sera obigatoria.Lainstnuccin tcnica y orofesionalhabradesergeneraizadaeacceso a los estudios superiores sera igualpara todos, en funcion de los meritos respectivos.

2La educacion tendra por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos ya las libertades fundamentales;favoreoera la comprensidn, la toleranciay la amistad entre todas las naciones y todos los gnupos etnicos o religiosos;y promoverd el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas paraelmantenimiento dela paz.

  1. Los padres tendran derecho preferente a escoger el tipo de educacion que habra de darse a sushijos.

Articulo 27.

1.Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad,a gozar de las artes y a participar en el progreso cientifico y en los beneficios que de el resulten.

  1. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones cientiscas, Iterarias o artisticas de que sea autora.

Articulo 28.-Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden sociale internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaracion se hagan plenamente efectivos.

Articulo 29,

  1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad (..).

2En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus Hbertades, toda persona estara solamente suieta a las imitacionesestablecidas por la ley con el Gnico fn de asegurar el reconocimiento y el respeto de losderechos vlibertades delos demas.y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden püblico y del bienestar generai en una sociedad democratica.

3Estos derechos y tibertades no podran,en ningun caso, ser ejercidos en oposicion a los propositos yprincipios de las Naciones Unidas.

Articulo 30.-Nada en esta Declaracion podra interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades()tendientes a la supresion decualquiera de losderechosy libertades proclamnados enesta Declaracidn.

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BANDERA

HIMNO NACIONAL CORO Somos libres, seamoslo siempre, y ante niegue sus luces el Sol, que faltemos al voto solemne que la Patria al Eterno elevó.

CORO DEL HIMNO NACIONAL

8

ESCUDO

"DISTRIBUIDO GRATUITAMENTE POR EL MINISTERIO DE EDUCACIóN PROHIBIDA SU VENTA"

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