Yachachinapaq Simikuna - Urin Qichwa: Vocabulario Pedagógico Quechua Sureño
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Portada del vocabulario pedagógico quechua sureño de MINEDU Perú 2021. Contiene Símbolos de la Patria y los 30 artículos de la Declaración Universal de Derechos Humanos.
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Yachachinapaq simikuna - Urin Qichwa : vocabulario pedagógico quechua sureño · 2021
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Esta página presenta la portada del libro Yachachinapaq Simikuna - Urin Qichwa: Vocabulario Pedagógico Quechua Sureño (MINEDU, Perú, 2021), distribuido gratuitamente por el Ministerio de Educación.
En la página interior izquierda figuran:
Símbolos de la Patria
- Bandera del Perú
- Escudo nacional
- Himno Nacional (Coro): "Somos libres, seamoslo siempre, y antes niegue sus luces el Sol, que faltemos al voto solemne que la Patria al Eterno elevó."
Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH)
Aprobada el 10 de diciembre de 1948 por la Asamblea General de las Naciones Unidas. Se reproducen los 30 artículos:
- Art. 1 — Igualdad en dignidad y derechos; fraternidad.
- Art. 2 — Derechos sin distinción de raza, color, sexo, idioma, religión u origen.
- Art. 3 — Derecho a la vida, libertad y seguridad.
- Art. 4 — Prohibición de la esclavitud.
- Art. 5 — Prohibición de torturas y tratos degradantes.
- Art. 6 — Reconocimiento de la personalidad jurídica.
- Art. 7 — Igualdad ante la ley.
- Art. 8 — Recurso efectivo ante tribunales.
- Art. 9 — Prohibición de detención arbitraria.
- Art. 10 — Juicio justo e imparcial.
- Art. 11 — Presunción de inocencia; no retroactividad penal.
- Art. 12 — Privacidad y protección de la honra.
- Art. 13 — Libertad de circulación y residencia.
- Art. 14 — Derecho de asilo.
- Art. 15 — Derecho a una nacionalidad.
- Art. 16 — Derecho al matrimonio y a fundar una familia.
- Art. 17 — Derecho a la propiedad.
- Art. 18 — Libertad de pensamiento, conciencia y religión.
- Art. 19 — Libertad de opinión y expresión.
- Art. 20 — Libertad de reunión y asociación pacífica.
- Art. 21 — Participación política y sufragio universal.
- Art. 22 — Derecho a la seguridad social.
- Art. 23 — Derecho al trabajo, igual salario y sindicación.
- Art. 24 — Derecho al descanso y vacaciones pagadas.
- Art. 25 — Nivel de vida adecuado, salud y bienestar.
- Art. 26 — Derecho a la educación gratuita y obligatoria.
- Art. 27 — Participación en la vida cultural y protección de la propiedad intelectual.
- Art. 28 — Orden social e internacional que haga efectivos estos derechos.
- Art. 29 — Deberes hacia la comunidad; limitaciones legales al ejercicio de derechos.
- Art. 30 — Ningún Estado, grupo o persona puede suprimir los derechos proclamados.
Glosario
- Yachachinapaq: para enseñar (quechua).
- Simikuna: palabras / vocabulario (quechua; simi = boca/palabra, kuna = plural).
- Urin Qichwa: quechua sureño / quechua de abajo (referido a la variedad sureña del quechua peruano).
- DUDH: Declaración Universal de Derechos Humanos.
Preguntas que la gente también hace
¿Qué significa Yachachinapaq Simikuna en quechua?
¿Cuál es la diferencia entre el quechua sureño y otras variedades?
¿Qué artículos de la DUDH protegen las lenguas originarias?
¿Cómo se usa este vocabulario pedagógico en aulas de lenguas originarias?
¿Qué institución publicó este vocabulario de quechua sureño?
- • Nociones básicas sobre las lenguas originarias del Perú
- • Conocimiento del contexto educativo intercultural bilingüe peruano
📝 Transcripción de la página (texto seleccionable) 9131 caracteres
SiMBOLOS DE LA PATRIA
Declaración Universal de los Derechos Humanos
EI 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naclones Unidas aprobó y proclamóIa Declaracion Universal de Derechos Humanos, cuyos articulos figuran a continuacion:
Articulo 1. Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y (.)deben comportarse fratemalmente los unos con los otros.
Articulo 2.-Toda persona tiene todos los derechos y Ibertades proclamados en esta Doclaracion, sin distincidn alguna de raza, color, soxo, idioma, religidn, opinión politica o de cualquier otra indole, origen nacional o social, posici6n econdmica, nacimiento o cualquier otra condicion.Ademas, no se hara distincion alguna fundada en la condición polisica, juridica ointermacional delpais o territorio de cuya jurisdiccion dependa una persona (.).
Articulo 3.- Todo individuo tiene derecho alavida, a la Hbertad yala seguridad de su persona.Articulo 4,- Nadio estara sometido a esclavitud ni a sevidumbre: la esclavitud y la trata do esclavos estan prohibidas en todas sus formas.
Articulo 5. Nadie serd sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Articulo 6.- Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad junidica.
Articulo7.-Todos soniguales antelaley y tienensin distincion,derechoaigualoroteocion de la ley. Todos tienen derecho a igual proteccion contra toda discriminacion que infrinja esta Declaracion(..)
Articulo 8.-Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales (.).
Articulo 9.-Nadie podra ser arbitrariamente detenido,preso ni desterrado.
Articulo 10.- Toda persona fiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oida pGblicamente y conjusticia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinacion de sus derechos y obligaciones o parael examen de cualquier acusacion contra ella en materia penal.
Articulo 11.
1.Toda persona acusada de dolio Siene derecho a que se presuma suinocencia mientras no se pruebe su culpabiidad (..)
2.Nadie sera condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos segun el Derecho nacional o intenacional. Tampoco se impondra pena mas graveguela aplicable enel monento de la comisidn del delto
Artieulo 12,-Nadie sera objeto de injorencias arbitrarias en su vida privada, sufamilla, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.
Articulo13..
Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el teritorio de un Estado.
Toda persona tiene derecho a salir de cualquier pais, incluso del propio. y a regresar a su pais,
Articulo 14.
En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo. y a disfrutar de el, en cualquier pals.
Este derecho no podra ser invocado contra una accion judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propositos y principios de las Naciones Unidas.Articulo 15.
1.Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
2.Anadie se privand arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.
Articulo 16..
- Los hombres y las mujeres, a partir de la edad nübil, tienen derecho, sin restriccion alguna oormotvos deraza.nacionalidad oreliaion.acasarseyfundarunafamia (..)
2.Sdlo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podra contraerse el matrimonio.
3.La famiia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tone derecho a la proteccion de la sociedad ydel Estado.
Articulo 17..
- Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente
2.Nadiesera orvado arbtrariamente de su propiedad.
Articulo 18.- Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religion(..),
Articulo 19.-Todoindividuo tiene derecho ala libertad deopiniónyde expresion ().Articulo 20.
1.Toda persona tiene derecho alalibertad de reunionyde asociaciónpacificas.
- Nadie podra ser obligado a pertenecer a una asociacion.
Articulo21.
- Toda persona tiene derecho a participar en el gobiermo de su pais, directamente o por medioderepresentanteslbrementeescoaidos.
2.Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad,a las funciones publicas de su pals.
3.La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder publico; esta voluntad se exprosardmediante elecciones autenticas que habrdn de celebrarse poniodicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la ibertad delvoto.
Artieulo 22.-Toda persona (..) tiene derecho a la seguridad social. y a obtener (.) habida cuenta de la organizacion y los recursos de cada Estado, la satisfaccion de los derechos economicos, sociales y culturales, indisponsables a su dignidady al Hbre desarrollo de su personalidad.
Articulo 23.
- Toda persona tene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo ya la proteccion contra el desempleo.
2.Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, aigual salario por trabajo igual.
3.Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneracion equitativa y satisfactoria, que le asegure, asi como a su famlia, una existencia conforme a la dignidad humana y que sera completada,en caso necesario, por cualesquiera otros medios de proteccionsocial.
4.Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus inlereses.
Articulo 24.
Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitacion razonable de la duracion del trabajo y a vacaciones periodicas pagadas.
Articulo 25.
1.Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, asl como a su famiia, la salud y el bienestar,yen especial la alimentacion,el vestido, la vivienda, la asistencia medica y los servicios sociales necesarios; fiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de perdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de suvoluntad.
2.La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los nifos, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual proteccion socal
Articulo 26.
- Toda persona tiene derecho a la educacion. La educacion debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instruccion elemental y fundamental. La instruccion elemental sera obligatoria. La instruccion téenica y profesional habra de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores sera igual para todos, en funcion de los meritos respectivos.
2La educacion tendra por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las Hibertades fundamentales;favorecerd la comprension, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos etnicos o religiosos; y promovera el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
3.Los padres tendran derecho preferente a escoger el tipo de educacion que habra de darse a sus hijos.
Articulo 27.
1.Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad,a gozar de las artes y a participar en el progreso cientifico y en los beneficios que de el resulten.
- Toda persona tiene derecho a la proteccidn de los intereses morales y materiales que le correspondan por razon de las producciones cientincas, iterarias o artisticas de que sea autora.
Artieulo 28,- Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden sociale internacional en el que los derechos y lbertades proclamados en esta Declaracion se hagan plenamente efectivos.
Articulo 29.
1.Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad (..).
2En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus Iibertades, toda persona estara solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el ünico fin de asegurar el reconocimiento velrespeto delos derechosv libertades de los dends.v de satisfaoer las justas exigencias de la moral, del orden pdblico y del bienestar general en una sociedad democratica.
3Estos derechos y Mibertades no podran,en ningun caso, ser ejercidos en oposicion a los propositos y principios de las Naciones Unidas.
Articulo 30.- Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades(.)tendientes a la supresion de cualquiera de los derechosy libertades proclamados en esta Declaracion.
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BANDERA

HIMNO NACIONAL CORO Somos libres, seamoslo siempre, y ante niegue sus luces el Sol, que faltemos al voto solemne que la Patria al Eterno elevó.
CORO DEL HIMNO NACIONAL
8
ESCUDO
"DISTRIBUIDO GRATUITAMENTE POR EL MINISTERIO DE EDUCACIóN PROHIBIDA SUVENTA"
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