Página — Comunicacion 4° Primaria (pág. 164)
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SiMBOLOS DE LA PATRIA
DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
EI 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó y proclamóla Declaración Universal de Derechos Humanos, cuyos articulos figuran a continuación:
Articulo 1
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y,(..)deben comportarse fratemalmente los unos con los otros.
Articulo 2
Toda persona tiene los derechos y libertades prodlamados en esta Declaracion, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión politicao de cualquier otra indole, origen nacional o social posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición politica, juridica o internacional del pais o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona(…).
Articulo 3
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
Articulo 4
Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre;la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas. a
Articulo 5
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Articulo 6
Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad juridica.
Articulo 7
Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual proteoción contra toda disoriminacion que infrinja esta Declaración (..).
Articulo 8
Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales (..).
Articulo 9
Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
Articulo 10
Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oida publicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.
Articulo 11
Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad (..).
Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.
Articulo 12
Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familiasu domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.
Articulo 13
1.Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el teritorio de un Estado.
Toda persona tiene derecho a salir de cualquier pais, incluso el propio, y a regresar a su pais.Articulo 14
En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier pais.
2.Este derecho no podrá ser invocado contra una aoción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
Articulo 15
1.Toda persona tiene derecho a una nacionalidad
- A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.Articulo 16
1.Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia (..).
2.Sólo mediante libre v pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio 3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la proteccion de la sociedad y del Estado.
Articulo 17
1.Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
- Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.
Articulo 18
Articulo 19
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión (.)
Articulo 20
- Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacificas.
2.Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociacion.
Articulo 21
- Toda persona tiene derecho a participar en el gobiermo de su pais, directamente o por medio de representantes libremente escoqidos.
2.Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su pais.
- La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder públioo;esta voluntad se expresarámediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por veto secreto u otro prooedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.
Articulo 22
Toda persona (…) tiene derecho a la seguridad social,ya obtener,()habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfaocion de los derechos económicos, sociales y culturales,indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.
Articulo 23
- Toda persona tiene derecho al trabajo a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
2.Toda persona tiene derecho, sin.diseriminacion alguna, a igual salario por trabajo igual.
3.Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que serácompletada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.
- Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos v a sindicarse para la defensa de sus intereses
Articulo 24
Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabaio y a vacaciones periódicas pagadas.
Articulo 25
- Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, asi como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo,enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstaneias independientes de su voluntad.
2.La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los ninos,nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.
Articulo 26
Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo conoemiente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores seráigual para todos, en función de los méritos respectivos.
La educacion tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprension, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos; y promoveráel desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
3.Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.
Articulo 27
1.Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente enla vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el proqreso cientifico y en los beneficios que de él resulten.
- Toda persona tiene derecho a la proteoción de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones cientificas, literarias o artisticas de que sea autora.
Articulo 28
Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e intenacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.
Articulo 29
1.Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad(.
2.En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el unioo fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demas,y de satisfacer las justas exigencias de la moral del orden publico y del bienestar general en una sociedad democrática.
3.Estos derechos y libertades no podrán en ningún caso ser ejercidos epposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
Articulo 30
Nada en la presente Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades() tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.
1
Bandera Nacional
CORO Somos libres, seámoslo siempre y antes niegue sus luces el Sol, que faltemos al voto solemne que la Patria al Eterno elevó.
Himno Nacional
8
Escudo Nacional
DISTRIBUIDO GRATUITAMENTE POR EL MINISTERIO DE EDUCACION - PROHIBIDA SU VENTA
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