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Página — Matematica 4° Primaria (pág. 160)

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Página 160 de Matemática 4 : cuaderno de trabajo para cuarto grado de Educación Primaria 2018 · 2018
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Carta Democrática Interamericana IV

La democracia y el sistema interamericano

Articulo1

Los pueblos de América tienen derecho a la democracia y sus gobiernos la obligación de promoverla y defenderla. La democracia es esencial para el desarrollo social, politico y económico de los pueblos de las Américas.

Articulo 2

El ejercicio efectivo de la democracia representativa es la base del estado de derecho ylos regfmenes constitucionales de los Estados Miembros de Ia Organización de losEstados Americanos.La democracia representativa se refuerza y profundiza con la participación permanente,ética y responsable de la ciudadanfa en un marco de legalidad conforme al respectivo orden constitucional.

Articulo. 3

Son elementos esenciales de la democracia representativa, entre otros,el respeto a los derechoshumanosylas libertades fundamentales;ei acceso alpoder y su ejercicio con sujeción al estado de derecho;la celebración de elecciones periódicas,libres,justas y basadas en el sufragio universaly secreto como expresion dela soberanla del pueblo;elregimen plural de partidosyorganizaciones politicas;yla separación e independencia de los poderes públicos.

Articulo 4

Son componentes fundamentales del ejercicio de la democracia la transparencia de las actividades gubernamentales,la probidad, la responsabilidad de los gobiernos en la gestión pública,efrespeto por losderechos sociales yla libertad de expresión y de prensa.La subordinación constitucional de todas las instituciones del Estado a la autoridad civil legalmente constituida y el respeto al estado de derecho de todas Tas entidades y sectores de la sociedad son igualmente fundamentales para la democracia.

Articulo5

El fortalecimiento de los partidos y de otras organizaciones politicas es prioritario para la democracia.Se deberá prestar atención especial a la problemática derivada de los altos costos de las campanas electorales y al establecimiento de un régimen equilibrado y transparente de financiacion desus actiyidades.

Articulo 6

Laparticipación de la ciudadanla en las decisiones relativas a su propio desarrollo esun derecho yuna responsabilidad.Es también una condición necesaria para el pleno y efectivo ejercicio de la democracia.Promover yfomentar diversas formas de participación fortalece la democracia.

II

La democracia y Ios derechos humanos

Articulo7

La democracia es indispensable para el ejercicio efectivo de las libertades fundamentales y los derechos humanos, en su carácter universal, indivisible e interdependiente, consagrados en las respectivas constituciones de los Estados y en los instrumentos interamericanos e internacionales de derechos humanos.

Articulo8

Cualquier persona o grupo de personas que consideren que sus derechos humanos han sido violados pueden interponer denuncias o peticiones ante el sistema interamericano de promoción yprotección de los derechos humanos conforme a los procedimientos establecidos en el mismo.

Los Estados Miembros reafirman su intención de fortalecer el sistema interamericano de protección de los derechos humanos para la consolidaciondelademocraciaenelHemisferio.

Articulo 9

La eliminación de toda forma de discriminación, especialmente la discriminación de género, étnica y racial, y de las diversas formas de intolerancia, asf como la promoción yprotección de los derechos humanos de los pueblos indlgenas ylos migrantes yel respeto a la diversidad étnica,culturalyreligiosaen las Américas,contribuyen al fortalecimiento de la democracia y la participación ciudadana.

Articulo 10

La promoción y el fortalecimiento de la democracia requieren el ejercicio pleno y eficazde los derechos de los trabajadores yla aplicación de normas laborales básicas,tal como están consagradas en la Declaraciónde laOrganizaciónInternacionaldelTrabajo(OlT)relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en ei Trabajo y su Seguimiento.adoptada en 19g8. asf como en otras convenciones básicas afines de la OlT.La democracia se fortalece con el mejoramiento de las condiciones laborales y la calidad de vida de los trabajadores del Hemisferio.

Democracia, desarrollo integral y combate a la pobreza

Articule 11

La democracia y el desarrollo económico y social son interdependientes

Articulo12

La pobreza, el analfabetismo ylos bajos niveles de desarrollo humano son factores que inciden negativamente en la consolidación de la democracia.Los Estados Miembros de la OEA se comprometen a adoptar y ejecutar todas las acciones necesarias para la creación de empleoproductivo,la reducción de la pobreza y la erradicación de la pobreza extrema.teniendo en cuenta las diferentes realidades y condiciones económicas de los pafses del Hemisferio. Este compromiso común frente a los problemas del desarrollo yla pobreza también destaca la importancia de mantener los equilibrios macroeconómicos

Articulo 13

La promociónyobservancia de los derechos económicos.socialesy culturales son consustanciales al desarrollo integral, al crecimiento económico con equidad y a la consolidación de lademocracia en los EstadosdelHemisferio.

Articulo 14

Los Estados Miembros acuerdan examinar periódicamente las acciones adoptadasy ejecutadas porla Organizacion encaminadas a fomentar el dialogo, la cooperación para eldesarrollo integral y el combate a la pobreza en el Hemisferio, y tomar las medidas oportunas para promover estos objetivos.

Articulo 15

El ejercicio de la democracia facilita la preservación y el manejo adecuado del medio ambiente.Es esencial que los Estados del Hemisferio implementen politicas y estrategias de protección del medio ambiente,respetando los diversos tratadosy convenciones,para lograr un desarrollo sostenible en beneficio de las futuras generaciones.

Articulo 16

La educación es clave para fortalecer las instituciones democráticas,promoverel desarrollodelpotencial humanoyelalivio dela pobrezay fomentar un mayor entendimiento entre los pueblos.Para lograr estas metas.es esencialgue unaeducacion de calidadeste al alcancede todos,incluyendo a las ninas ylas mujeres,los habitantes de las zonas rurales ylas personas que pertenecen a las minorias.

democrátlca

Articulo 17

Cuando el gobierno de un Estado Miembro considere que está en riesgo su procesopollticoinstitucional democrático o su legitimo ejerciciodel poder, podrá recurrir al Secretario General o al Consejo Permanente a fin de solicitar asistencia para el fortalecimiento y preservación do la institucionalidad democrática.

Articulo 18

Cuando en un Estado Miembro se produzcan situaciones que pudieran afectar el desarrollo del proce so pollitico institucional democratico o el legltimo ejercicio delpoder, eiSecretario General o el Conseio Permanente podra.con eiconsentimiento previo del gobierno afectado.disponer visitas y otras gestiones con la finalidad de hacer un análisis dela situacion.ElSecretario General elevará un informe al Consejo Permanente,y este realizara una apreciación colectiva de la situación y, en caso necesario,podra adoptardecisiones dirigidas a la preservación de la institucionalidad democratica y su fortalecimiento.

Articulo 19

Basado en los principios de la Carta de la OEA y con sujecion_a sus normas,y en concordancia con la cláusula democratica contenida en la Declaración de la ciudad de Quebec, la ruptura del orden democrático o una alteración del orden constitucional que afecte gravemente el orden democrático en unEstado Miembro constituye,mientras persista,un obstáculo insuperable para la participación de su gobierno en las sesiones de laAsamblea General,de la Reunión de Consulta,de los Consejos de la Organización yde las conferencias especializadas,de las comisiones, grupos de trabajo y demás órganos de la Organización.

Articulo 20

En caso deque en un Estado Miembro se produzca una alteración del orden.constitucional gue afecte arayemente su ordendemocratico.cualquier Estado Miembro o el Secretario General podrá solicitar la convocatoria inmediata del Conseio Permanente para realizar una apreciación colectiva de la situación y adoptar las decisiones que estime conveniente.

ElConsejoPermanente,según Ia situación,podrá disponer la realización de las gestiones diplomáticas necesarias, incluidos los buenos oficios,para promover la normalización de la institucionalidad democratica.

Silas gestiones diplomáticas resultaren infructuosas o sila urgencia del caso lo aconsejare, el Consejo Permanente convocará de inmediato un perfodo extraordinario de sesiones de la Asamblea General para que ésta adopte las decisiones que estime apropiadas,incluyendo gestiones dipiomáticas,conformea la Carta de la Organización, el derecho internacional ylas disposiciones de lapresenteCarta Democrática.

Durante el proceso se realizarán las gestiones diplomaticas necesarias,incluidos los buenos oficios,para promover la normalización de la institucionalidaddemocratica.

Articulo 21

Cuandola Asamblea General,convocada a un perlodo extraordinario de sesiones. constate auese haproducidola ruptura delorden democrático en unEstado Miembro y que las gestiones diplomáticas hansido.infructuosas.conformealaCarta delaOEAtomaraladecision de suspender a dicho Estado Miembro del ejercicio de su derecho de participación en la OEAcon el voto afirmativo de los dos tercios de los Estados Miembros. La suspensión entrará en vigor de inmediato.

Ei Estado Miembro que hubiera sido objeto de suspensión deberácontinuar observando el cumplimiento de sus obligaciones como miembro de la Organización,en particular en materia de derechos humanos.

Adoptada la decisión de suspender a un gobierno,la Organización mantendrá sus gestiones diplomáticas para el restablecimiento de la democraciaenelEstadoMiembro.afectado.

Articulo 22

Una vez_superada la situación_que motivó la suspensión,cualquier Estado Miembro o ei Secretario Generalpodra proponer a laAsamblea General el levantamiento de la suspension. Esta decisión se adoptarápor elvoto de los dos tercios de los Estados Miembros,de acuerdo conlaCartadelaOEA.

V

La democracia y las mislones de observación electoral

Articulo 23

Los EstadosMiembros son los responsablesde organizar,llevar a cabo ygarantizar procesos electoraleslibres yjustos.

la OEA asesoramiento o asistencia para elfortalecimientoydesarrollo de sus instituciones y procesos electorales, incluido el envfo de misiones preliminares para ese propósito.

Articulo 24

Las misiones de observación electoral se llevarán a cabo por solicitud delEstadoMiembrointeresado.Contalfinalidad.elaobiernodedicho Estado y elSecretario General celebrarán un convenio que determine el alcance y la cobertura de la misión de observación electoral de que setrate.Ei Estado Miembro deberágarantizar Ias condicionesde seguridad,libre acceso a lainformación y amplia cooperación con la misionde obseryacionelectoral.

Las misiones de obseryacion electoral serealizarán de conformidad con losprincipios y normas de la OEA. La Organización deberá asegurar la eficacia e independencia de estas misiones,para lo cual se las dotarádelos recursos necesarios.Las mismas se realizaran de forma objetiva,imparcialy transparente, y con la capacidad técnica apropiada.

Las misiones de observación electoral presentaran oportunamente al Consejo Permanente,a través de la Secretarla General,los informes sobre sus actividades.

Articulo 25

Las misiones de observacion electoral deberan informar al Consejo Permanente, a traves de la Secretarla General,si no existiesen las condiciones necesarias para la realización de elecciones libres yjustas.La OEA podrá enviar, con el acuerdo del Estado interesado,misiones especiales a fin de contribuir a crear o mejorar dichas condiciones

VI

Promoclón de la cultura democrática

Articulo 26

La OEA continuará desarrollando programas y actividades dirigidos a promoyerlosprincipiosy prácticas democraticasyfortalecerla cultura democrática en el Hemisferio,considerando que la democracia es un sistema de vida fundado en la libertady el mejoramiento económico,social ycultural de los pueblos. LaOEA mantendrá consultas y cooperación continua conlos Estados Miembros,tomando en cuenta los aportes de organizaciones de la sociedad civil que trabajen en esos ámbitos.

Articulo27

Los programas y actividades se dirigiran a promover lagobernabilidad,la buena gestión,los valores democráticos y el fortalecimiento de la institucionalidad polltica y de las organizaciones de la sociedad civil.Se prestará atención especial al desarrollo de programas yactividades permanencia de los valores democraticos. incluidas la libertad y la justicia social.

Articulo 28

LosEstados promoyeranla plenaeiaualitaria participacion delamuier en las estructuras pollticas de sus respectivos paises como elemento fundamental para la promoción y ejercicio de la cultura democrática

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