CARTA DEMOCRATICA INTERAMERICANA
La democrocia y el sistema interamericano
Articulo1
Los puebios de América tienen derecho o la democracig y sus gobienos la obligación de promoverla y defenderla. La democracig es esencial para el desarrollo social poltico y economico de los pueblos de las Americos
Articulo2
El ejercicio efectivo de lo democracia representativo es lo bose del estodo de derecho y los rogimenes constihucionglos de losEstgdosMiombrosdelg Organizacion dolosEstados Americanos Lo cemocrocig representativa se refuerza y profundiza con lo participacion permanente, etico y responsoble de lo ciudiodianio en un morco de legalidiad conforme glrespectivo ordenconstitucional
Articulo 3
Sonelementos esencialesde k democraciareoresentativg.entre otros.erespeto.a los derechos humanos y los libertades fundamentoles el acceso al poder y su ejercicio con sujecicn al estodo de derecho: lo celebración ce elecciones periódicas,lores.justos y basodas en ei sufrogio universal y secreto como expresicn de la soberania del puebio: el régimen plural de partidos y organizaciones politicas:y la separación e independencia de los poderes püblicos.
Articulo 4
Soncomoonentesfundgmentgles deleiercicio de la democracia latrgnsoarencia de los octividodes gubernamentales. lo probicod, lo responsabiidod de losgobiernos en lā gestión publica. el respeto por los derechos socialesy la i bertad de expresióny ce prenso. Lo subordinocion constituciongl de todas los instituciones del Estodo o lo autoridad civil legalmente constituida y el respeto al estodo de derecho de todas las entidades y sectores de la sociedod son iguaimente fundamentales para lo democracia.
Articulo5
El fortalecimiento de los partidos y de otras organizaciones politicas es prioritario para la democracia. Se deberd prestar atencion especidl a la problematica dervada de los altos costos ce los campanas electorales y ol establecimiento de un regimen equliorodo y trgnsparonte do fnanciacion de sus gctvidgdos
Aticulo 6
La participación de lā ciudiadanig en los decisiones relativas o su propio desarollo esun derecho y una responsabilidodEstambién una condición necesarig parg el pleno y efectivoejerciciodela democracia.Promover y fomentor diversas formas de Darticipacionfortalecekg democracig
II La democrocia y los derechos humanos
Articulo 7
La democracia es indispensable para el ejercicio efectivo de las lbertades fundamentales ylos derechos humanos en su cardcter universol. indivisible e interdependiente.consogrados en las respectivas constituciones de los Estados y en los instrumentos interamericgngs e internacionales de derechos humanos
Articulo 8
Cualquier persono o grupo de personas que consideren que sus derechos humanos han sido violodios pueden interponer denuncias o peticiones ante el sistema interamericano de oromociény oroteccidn delosderechoshumanoscanfomme alos orocedimientos estoblecidos en el mismo, Los Estados Miembros reafirman su intencion de fortalecer el sistema interamericano de protección de los derechos humanos para la consolidación de la democracio en el Hemisferio.
Articulo 9
La eiminacin de toda foma de discriminocin.especioimene ka discriminacidn de genero. etnica y rociai y de los diverscs fommos ce intolerancia, osi como lo promocion y proteccion de los derechos humanos ce los pueblos indligenas y los migrantes y el respeto o lo diversidod etnica, culturol y relgioso en los Americas, contrituyen al fortalecimiento de lg democrgcig ylg participocidn ciudadgng
Articulo 10
La promoción y el fortalecimiento de la democracia requieren el ejercicio pleno y eficaz de los derechos de los trabajodores y lo aplicación de normas laborales bdsicas.tal como estan consagrodas en lá Declarocion de lo Organizacion Internacional del Trobajo (OiT) relativo o los Principios y Derechos Fundamentoles en el Trabojo y su Seguimiento, adoptada en 1998, asi como en otras convenciones básicas afines delo Oif. Lo democrocio se fortolece con el mejoromiento de las condiciones loborales y lo Calidod de vida de lostropgiadoros del Honisforio.
Democracia, desorrollo integral y combate a lo pobreza
Articulo 11
Lo cemocrocio y el cesarolo economico y socigl son intercepencientes y se refuerzon mutuamente.
Articulo 12
La pobreza. el analfabetismo y los bajos niveles de desarrollo humano son factores que inciden negativamente en la consolidocion de lo democracia Los Estados Miembros de la OEAse comprometen a odoptar y ejecutar todas las occiones necesarias para la creación de empleo productivo. lareducción de la pobreza y la eradicación delgpobrezgextrema.teniendoencuentgkasditerentes realidadesy.condiciones econdmicas de los paisesdel Hemisferio.Estecomoromisocomunfrentealos problemas cdel desarrollo y lo pobrezo tambion destaco la importoncia de mantener los equilibrios macroeconomicosyelimperativo defortalecer la cohesion social ylademocracia
Articulo 13
La promoción y obsevancia de los derechos economicos. socialesy culturales son consustancigios gldosgrgllo intoargl gl crocimionto oconomico con oauidad y g lg oonsolidacion delg democrocigen losEstados del Hemistenio
Aticuo14
Los Estados Miembros ocuerdan examinar periccicamente las occiones odoptodos y eiecutadasporlaOragnizacion encaminadasafomentgreldidlogo.la cooperacion pora el desarrollo integral y el combote o lo pobrezo en el Hemisferio. y tomar lcs medidas oportunas paro promover estos objetivos
Articulo 15
El eiercicio de la democracia faclita a nreseyacn y elmaneio adecuado del medig ambiente. Es esencial que los Estodios del Hemisterio implementen politicas y estrategias de proteccion del medio ambiente, respetando los diversos tratados y convenciones.poro logror un desorrollo sostenible en beneficio de los futurcs generociones
Aticulo16
La educocion es clove para fortalecer las institucionesdemocráticas. promover el desgrrollo del potencigl humgno y elgivig dolg pobrezg y fomentgr un mgvgr entendimiento entre los pueblos. Paro lograr estos metas, es esencial que uno educocion de cglidad este gl gicance do todos,lncluyondo glgs ningsylgs muieres,los hgbitantos de lgs zongs nralesylgs persongs que perteneceng kas minongs
IV
Fortalecimlento y preservacion de lo institucionalidad democrática
Articulo 17
Cuando el gobierno de un Estodo Mienbro considere que está en riesgo su proceso politicoinstifucional democrático o su legitimo ejercicio del poder,podrá recurir αi Secretario Generdi o al Consejo Pemmanente a fin de solicitar asistencia paro el fortalecimiento y preservacion de io inshifucionolidod democratica.
Articulo18
Cuando en un Estodo Miembro seproduzcan situaciones quepudieran afectarel desarrolo deloroceso poitico instituciongldemocrdtiooo el legitimo eiercicio delpoder.eSecretgrio GenergloelConseio Permanente podrd.conelconsentimiento previo cel gobierno afectodo, disponer visitas y otras gestiones con lo finalicdod de hacer un analsis de la situación. EI Secretario General elevard un informe al Consejo Permanente.y este reolizard uno apreciacion colectiva de lo situocion y. en caso necesario, podráodoptar decisiones dinigidos o lo preservacion de lo instifucionalidod democrático y su fortalecimiento.
Articulo 19
Basado en los principios de la Carta de la OEA y con sujeción a sus normas y en concordancia con lo cldusula democrática contenida en la Declaroción de lo ciudad ce Guebec, lo rupturo del orden democrdtico o uno alterocion del orden constitucional que afecte grovemente el orden democrático en un Estodo Miembro constituye.mientras persista, un obstoculo insuperoble para lo participoción de su gobierno en ios sesiones de lo Asarmbleo General, de lo Reunion de Consulta, de losConsejos de lo Organizacion y ce las conferencias especiolizadas.de las comisiones. grupos de trobajo y demds órganos de lo Organizoción.
Articulo 20
En caso de que en un Estado Miembro se produzca una alteración del orden constitucionalqueafecte grovemente su orden democratico, cualquierEstodo Miembro o el Secretorio General podrd solicitar lo Convocatorio inmediato del Conseio Permanente para realizar una apreciacion colectiva de lo situoción y odoptar los decisiones que estime conveniente. El Consejo Permanente, segun lo situocion, podródisponer la realización de las gestiones diplomáticas necesorias.incluidos los buenos oficios,pargoromover lg nomglizacion deg instituciongidad democrdticgslgs gestiones diplomcticas resultaren infructuosos o si lo urgencia del caso lo oconsejare.ei Consejo Permanente convocard de inmediato un periodo extraordinario de sesiones delgAsgmbleg Generglparg queestg gdoptelas decisiones gue estime goropigdgs inckuvendo aestionesdiplomdticas.conformeaaCartg delaOraanizacionelderecho internociondl y los disposiciones de lo presente Carto Democrotico. Durante el proceso se realizaran ias gestiones diplomáticas necesarias, incluidos los buenos oficios, parg promover lo normollzación de lo institucionolidod democrdtico.
Articulo 21
Cuando lo Asamblea General convocoda a un periodo extroordinario de sesiones.constgte gue so hg producido lg nuoturg del orden democrdtico en un Estgdo Miembrg y que las gestiones diplomáticas han sido infructuosos, conforme o la Carta de lo OEA tomard lodecision de suspendergdichoEstado Miembro del eiercicio de su derecho de participocion en Io OEA con el voto afrmgtivo de los cios tercios de los Estodos Miembros La suspensión entrorá en vigor de inmediato.
El Estado Miembro que hubiero sido objeto de suspensión deberd continuar observandio el cumplimiento de sus obligociones como miembro de la Organizocion, en particular onmgtorig do derochos humgnos
Adoptadaladecisión de suspenderg un gobierno.la Organización mantendrá sus gestiones diplomdticas pora el restablecimienfo de lo democracia en el Estodo Miembro afectado.
Articulo 22
Una vez superodo lo situoción que motvó lo suspensión, cuclquier Estodo Miembro o eSecretario Generdl podG proooneralaAsambleg Generglellevantamiento delo suspension. Esto clecision se ocloptard por el voto cle los clos tercios de los Estodos Miermbros.de ocuordo con la Carta de laOEA
V
La democracia y las misiones de observación electoral
Articulo 23
Los Estodos Miembros son los responsobles ce organizor, levar o cobo y garantizar procesos electorales liores y justos. Los Estodos Miembros, en ejercicio de su soberanfa.podran soicitar o lo OEA csesoramiento o asistencio paro el fortolecimiento y desarrollo de sus instituciones y procesos electorclos. incluido el envio de misiones preliminares para ese proposito.
Articulo 24
Las misiones de observación electoral se levarán a cabo por solicitud cel Estadio Miembro interesadio. Con tal finalidod. el gobierno de dicho Estodo y el Secretario General celebrarán un convenio gue detenine elalcanceyla coberturade la miidn de obsenyacidn electore de que se trate. B Estodio Miembro deberd gorantizor lascondiciones de seguriciad, Iore accesoalainfoacidnyamoia coooeracnconla mision de obseyacineectorgl Las misiones de_observocion electordl se realzaran de confomidod con los principios y nomas de lo OEA La Organización deberd osegurar lo eficocia e Independencig de estas misiones. para lo cudl se los dotará de los recursos necesarios Los mismcs se reclizarán dofomg obiotvg,imparciglytrgnsogronte,yconlgoaoocidad toonicg gpropiadalgs misiones de observacion electoral presentarán oportunamente al Consejo Permanente, o troves de laSecretara Generallos infomes sobre sus octvdades
Articulo 25
Lasmisiones de obseryacidnelectoraldeberGninfomaralConseio Permanente.a trayes de lo Secretario General. si no existiesen las condiciones necesarics paro la realizocion de elecclones libres y justas. La OEA podrd enviar, con el acuerdo delEstodo interesado.misionesesoecidiesgfin de oontniburgcrearomeiorardichasoondiciones
VI Promoción de lo cultura democrdtica
Articulo 26
LaOEAcontinuaro desorrollando programas y actividodes dirigidos o promover los principios y procticos democrdticas y fortolecerio culturo democratico en el Hemisferio.considerando que la democracig es un sistemg de vida fundado en la lbertad y el mejoramiento económico. social y cultural de lospueblos La OEA mantendrd consultas y cooperacion continua con los Estados Miembros. tomando en cuenta los aportes de organizaciones de la sociedod civl que trabajen en esos ámbitos.
Articulo 27
Los_programas y octvidodes se dingirán o promover lo gobemabiidod. la buena gostión, los valores democraticos y el fortolecimiento de la insmmucionalidad polmica y de los organizociones de lo sockedod cvil Se prestará otención especidl ai desarollo de proargmgs y gctvidados parg lg oducacion de lū ninez y lg iuvonhudcomo fommg do asegurar lo permanencia de los volores democroticos, incluidias lo lbertod y la justicia social
Articulo 28
Los Estodos promoverdn la plena e igualitaria participoción de lo mujer en las estructuras politicas de sus respectivos paisescomo elemento fundamental para lo promocióny ejercicio de la culturg democrdtica