Aprendemos jugando 4 años - Cuaderno de trabajo
Respuesta rápida
Portada del cuaderno Aprendemos jugando 4 años. Presenta los símbolos patrios y la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948).
Solución — Página 1
Aprendemos jugando : cuaderno de trabajo, 4 años · 2016
Portada del cuaderno de trabajo
Esta página es la portada del cuaderno Aprendemos jugando 4 años, distribuido gratuitamente por el Ministerio de Educación del Perú. No contiene ejercicios para resolver.
Elementos que presenta
- Título: Aprendemos jugando, con el número 4 y la palabra "años".
- Símbolos de la patria: bandera, escudo y coro del Himno Nacional del Perú.
- Declaración Universal de los Derechos Humanos, aprobada el 10 de diciembre de 1948 por la Asamblea General de las Naciones Unidas.
- Espacios para datos del estudiante: Mi Jardín, Mi nombre y Mi aula.
- Leyenda: "Distribuido gratuitamente por el Ministerio de Educación - Prohibida su venta".
Respuesta orientativa: La portada sirve para identificar el material, presentar los símbolos patrios y recordar los derechos humanos que enmarcan la educación inicial.
Símbolos de la Patria
- Bandera: representa la independencia del Perú.
- Escudo: representa la riqueza del mar, del cielo y de los minerales.
- Coro del Himno Nacional del Perú: canto oficial que expresa amor a la patria.
Declaración Universal de los Derechos Humanos (10 de diciembre de 1948)
Documento aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas que reconoce los derechos fundamentales de todas las personas. Entre los artículos mencionados destacan:
- Artículo 1: Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos.
- Artículo 2: No debe existir discriminación por raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política, origen nacional o social, posición económica o cualquier otra condición.
- Artículo 3: Toda persona tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
- Artículo 4: Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre.
- Artículo 5: Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles.
- Artículo 6: Toda persona tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica.
- Artículo 7: Todos son iguales ante la ley y tienen derecho a igual protección.
- Artículo 8: Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales.
- Artículo 9: Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
- Artículo 10: Toda persona tiene derecho a un tribunal independiente e imparcial.
- Artículo 11: Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia.
- Artículo 12: Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, familia, hogar o correspondencia.
- Artículo 13: Toda persona tiene derecho a circular libremente y a salir de cualquier país.
- Artículo 14: En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo.
- Artículo 15: Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
- Artículo 16: Los hombres y las mujeres tienen derecho a casarse y fundar una familia.
- Artículo 17: Toda persona tiene derecho a la propiedad individual y colectiva.
- Artículo 18: Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión.
- Artículo 19: Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión.
- Artículo 20: Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y asociación pacíficas.
- Artículo 21: Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país.
- Artículo 22: Toda persona tiene derecho a la seguridad social.
- Artículo 23: Toda persona tiene derecho al trabajo, a igual salario por igual trabajo y a sindicalizarse.
- Artículo 24: Toda persona tiene derecho al descanso y a las vacaciones periódicas pagadas.
- Artículo 25: Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure alimentación, vestido, vivienda, asistencia médica y servicios sociales.
- Artículo 26: Toda persona tiene derecho a la educación; la instrucción elemental será obligatoria y gratuita.
- Artículo 27: Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad.
- Artículo 28: Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional que haga efectivos estos derechos.
- Artículo 29: Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad.
- Artículo 30: Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de conceder derecho alguno al Estado para suprimir los derechos y libertades aquí proclamados.
Contenido de la página
Aprendemos jugando 4 años
Cuaderno de trabajo
Mi Jardín: _______________
Mi nombre: _______________
Mi aula: _______________
Símbolos de la Patria
Bandera
Coro del Himno Nacional del Perú
Somos libres, seámoslo siempre, y antes niegue sus luces el Sol, que faltemos al voto solemne que la Patria al Eterno elevó.
Escudo
Declaración Universal de los Derechos Humanos
El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó y proclamó la Declaración Universal de los Derechos Humanos, cuyos artículos figuran a continuación:
Artículo 1. Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
Artículo 2. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
Artículo 3. Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
Artículo 4. Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre.
Artículo 5. Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles.
Artículo 6. Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.
Artículo 7. Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley.
Artículo 8. Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes.
Artículo 9. Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
Artículo 10. Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial.
Artículo 11. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad.
Artículo 12. Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia.
Artículo 13. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
Artículo 14. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo y a disfrutar de él en cualquier país.
Artículo 15. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
Artículo 16. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna, a casarse y fundar una familia.
Artículo 17. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
Artículo 18. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.
Artículo 19. Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión.
Artículo 20. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
Artículo 21. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
Artículo 22. Toda persona tiene derecho a la seguridad social.
Artículo 23. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
Artículo 24. Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.
Artículo 25. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios.
Artículo 26. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental.
Artículo 27. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico.
Artículo 28. Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.
Artículo 29. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad.
Artículo 30. Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.
Distribuido gratuitamente por el Ministerio de Educación - Prohibida su venta
Glosario (5)
- Dignidad
- Valor inherente que tiene toda persona por el solo hecho de ser humana.
- Discriminación
- Trato desigual o injusto hacia una persona o grupo por sus características.
- Asilo
- Protección que un país brinda a una persona perseguida en su país de origen.
- Nacionalidad
- Vínculo legal que une a una persona con un país.
- Sindicato
- Organización de trabajadores que defiende sus derechos laborales.
Preguntas para practicar
¿Por qué es importante conocer los derechos humanos desde pequeños?
Porque permite reconocer que todas las personas merecen respeto, trato justo y protección, y ayuda a convivir en paz con los demás.
¿Qué símbolos representan al Perú?
La bandera, el escudo y el Himno Nacional son los símbolos patrios que representan al Perú.
Temas y conceptos clave
Fuentes y referencias
- Organización de las Naciones Unidas - Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948)
Preguntas que la gente también hace
¿Qué es la Declaración Universal de los Derechos Humanos?
¿Cuáles son los símbolos de la patria del Perú?
¿Qué materiales entrega gratuitamente el Ministerio de Educación del Perú?
- • Reconocer la bandera y el escudo del Perú
- • Identificar el Himno Nacional
📝 Transcripción de la página (texto seleccionable) 7246 caracteres
Declaración Universal de los Derechos Humanos
E1 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobo y proclamo Ia Declaracion Universal de Dereches Humanos, cuyos articulos figuran a continuacion:
Artielo 1.Todos los sores hunanes neces Itres e iguales en dignidad y dereches y I–I deben campartarse frsternalments les unos coe los otsos. ArticaaZTeda pirnora.Eans1ados:losdesichasy Hbertadia poachirtitaseneatxDeclaticite,xan fistincien alguna de naz, coloc soa, iona, reigos, agrics patlsca a de caalquier atra indole, origen nacloraf e sacial, pasicioe econenica,necinierto o ceaiguier ea eoneiciee.Ademis,no se hara distimcion dpendi una pensnts –1. Atieda 3- Tado individaa tine decche a ia eida, a la laetad y a la sagritad de su petsioea Ati4desm2esdtvsean roohihidas n toeas sas foms Aticaa 5- Nade sarh soretdo a tortaran mia pesas o oe uatans Artieala E-Tado ser tamano tete dareche, an todas partg a Aconacintienta cesu parsonalcad jurdica. Artieao 7. Todas see gnales anre a ley y heeen, sin tisr tet gual ptsccibe te a ley. Toeas tenen dersche aigal prctecion contra tads disciniracidque intinja esDefracion ↓ 1. Artica Bod pecica be echo r ecasas rtracaas arpitsi gae ia ampare canta acsas qu vielan sus derethos fandanales .1. Artieata b.- Nadle poera ser artitaraere ostenido, pesndoserada. Articao 1-Toce pesers tens dorscte, nconfeanes ta igaitad a ser oita piticarents y on uaticia por n tibunid indeaindiurds e rnpircial, paa la cetmeoioe ds ans derachas s obdgicanin o para el emansen de cuaiquier aousacion corta ela en natera penal. Articala 11..
- Toca pees acisste ce oo tee teea e se prrme sioca meras no so ue su caaibddad(.) 2M cdaoruisaedo deesn dcv n i Decho ngpianala intenacioeal.Tamgeco e imgeadncen mas arzee gue acableen e monento .cemisiteccito Articda 12.Nade st) chito de imjenenciis artiratas en a ida ptvida, u Ldia, u tarico o u barespeedentia, ni de aagues a sa teea 0 a ae regfacioe. Teda gersara fane canpo aia grotaccdn de hlecanta tlesiniencinso ataoes. Articdg131.Toea perea tien deschoa che rerety a eag sumidrca en ritorun Exada 2. Toca pursana tiene deracta a salr de oualeaer aais, inuuse delpreia.y a segresar a ias. Artica 14.
- En case de peecucitn tnts porsore tee orethe a tsar atio. y a dtutar de e mn gcar gait. 2.Es dache to por ser imvce ced njdcalntat agradar deitsrns por actas opueatas a les sropddnns y phacipias de lns Naciones Ueidas. dtcdn15 1.Toapaa tisne dechga.u scioeitsd
- A ruca as grivari araitratimente de sa nacaoralitad mi os devecho cirmir de ratioruadas. Aticda161. Lashambasyls meiees.aartr delaetadnt tieneedeechgsin nesicianalaung.cor ng fe ses, nacionaltada rigon. a casarse y fendar emg tnia(.).
- Selo rnedanae lore y paing cartiartimbento de las durns eipetuos. pcdti contrairas el eitrirnanta 8. La tanila ts el elenerts satanal y trntarertl de la sacecat y tene enretho a la ptotacciee de la saciedad y dd Estado. Artiedo 171. Toea peraane tien; diacha a l pregiedad, individsal y cainctivarnin.
- Nade seri prvada arbisaranente de su propiedad. Articale 1B– Tota porsore tiene derecho a la soertad de persanierto, ce canciencia y de relgioen (.–). Ateua-Todo indva ene ceco a Iberte de opinen y xposin Articaa20.
- Toea persana tiene derecta a la liaertad de reanian y de aseeiacioe paeificas.
- Nadsaeteeie Articdg 21
SIMBOLOS DE LA PATRIA
1.Tod ongeee dechoa atii e e gotieno e s a.dnetament ocer.medode epeesentantes.Ionerene escagidos.
eda pirsgra tense detechn te aocain, en candcicees de iguaitad, a. bin tancicos pitlicas de sa pain.electiahesautintitas cae habrin ce celetrarse pesodicanerne, por suragio universal a igual y por wota secreto oprececiiento egalete que gaamice la Boertad del voto.
Artiodo 2T denecng a lù saguritad secial. ya natenet(–) hacids cants de a argamizacian y los ricutscs de cada E ade,la satstacean de ios cereenos econernicos. seeiales y cutarales,aaudid desesu oogad
Artinulo 23
Toea peraans ens durechoaauoa la ore eleccie de se tiban, eadicienes etsiwasy safistactarias de tahajo y a u pane on coeta tl deserplen.
Teda persone tiengdee sin discimiracion alguna, a iguai caario gor tabajo igual
Toca persoaanftratata ene deechoa ure reueradian equatia y satsctora. wa e astgero 2s Dorn0 a sa t d, ats entsdircia canfotre a ts dgadad harans y gasank cxepdetida,en caso iceiang.por cualesg
Teda agdone tiene derecho a tincar sindicanes y a sindicarse para la ceresa ce sus intsreses. Artioulo2-Tgd petsong tsne demechg l cescanse, i dttnuto dsl tomgo Ies, a ung limtacite rarpnstle de in tandlian dd trahito y a aicaciones piricdicin. pagitas
1.aongeedeeoanedevaadeuceas.icomogu tasd hirfesta.y ee esgecial la almentacitn, ei vmstido, la vlenta. Ia asistsnca medica y los servicios seeiales sixasax tine aiirmsrna tmecho alos segaas encaso dt ceienplea,entetrmdid, ivalicat, vatet, veixr a cri cases fe pintita da saus redies de sutsiszencia por cirearstaneias indegendantas de sa warantad.2. La rhpemidat y la inrancia tenen derecho a paidates y asistencia especiles. Todos los nlhes, necidos de retinona taers ds marinonio, fenen dsrecho aiguel proteedon socal.
Teda pfaawutene darache ala aducacioe. La educacion debe ser gnaita, alreenos es lo conceniere a aiastrccice sortal y lg Fenta. La estraccion tienental sesobigatora.La instraccieenicay rofssieea tsbrsoreada:ol aceese a los estados sapercess ted lgual pera tado, enfncion de c miskoe reipedtace
Le edacadian tendni por obibo el plene fesarodo de la persceaidae hunana y el rortaleeiniesno de resgeto a los derechas hunanes yhelee mgrtades tunearentales; taronecera Ia cenprensitn, la tolerancia y Ia anistad entre tadas las raciones y tndos gs gupos etnices o relgioeos y preroeers ei desarale de las actihvidades de lia Nicioees Umdis pata ed mdentirdearo dt ls pi2
Ager elripe de educacion que huara de darse a saa Nies Artieulo 27,
I. Tats pensras tiene denecho atnrar partg Ihneg cete esta vida cutaroi de la cemitad. a goear oe las arten aparticipar n ed pnogtincienfiica en les hecaoa gue de el teiaiin.
ieid saondesoduxcscieats.eai atdgsato
Artioulo ZB- Tets penars Mene derechg a ce se estabisca an orten sochal e imtemarigal en el ene los direchcs laettices procaradon. en esta De arabian ss hugin plinarterde efectino).
- Teda gersone tiene dederes respecg n2d.
2.Enel eieecicio do sas deschsy en sas lrtades tod peseas rtrs samesunta a lo miabianes eitiabieoidin por a Iy con elr yertades de iaa darsas, y de satistacerl jastas csigeneias de la moral. del anden pualiea y del bienestar oneralcnuge societad dernacrasica.
- Estos teneg itetades g godan nngin csa, ce eercidos mn oposipian a los pengostos y princpica Ge las lohgia Uhidis
Decdlaracion adni inerprtarst es al sentiee de gae cariese cerecho algano al Estado, a an gupe o a um 2rsona.pm Fengrender y tesarolar actwidades (_) tendientes a la sapnesion de palinade los.cemechosyrtade raochrotas en etOcharscie
BANDERA



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