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Hanaq pachaman qispiq atuqmanta — Willakuy 9, Quechua Chanka (Portada)

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Portada del libro 'Hanaq pachaman qispiq atuqmanta' (El zorro que escapó hacia el cielo), Willakuy 9, Quechua Chanka — MINEDU Perú 2009. Incluye Carta Democrática Interamericana (OEA, 28 artículos).

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Hanaq pachaman qispiq atuqman. Willakuy 9, Quechua Chanka · 2009

Lectura

Esta página doble presenta dos contenidos:

Portada del libro (lado derecho)

Título en quechua: Hanaq pachaman qispiq atuqmanta (Traducción al español: El zorro que escapó hacia el cielo)

  • Serie: Willakuy 9 (Cuento/Narración 9)
  • Variedad lingüística: Quechua Chanka
  • Editorial: Ministerio de Educación del Perú
  • Dependencia: Dirección General de Educación Básica Regular — Dirección de Educación Inicial
  • Año: 2009

La ilustración muestra un zorro (atuq) marrón mirando hacia arriba, rodeado de aves coloridas (pájaros pequeños y un cóndor/ave grande), sobre fondo verde, sugiriendo la temática del relato: un zorro que interactúa con el mundo de las aves.

Carta Democrática Interamericana (lado izquierdo)

Documento legal de la OEA incluido por normativa en materiales educativos peruanos. Contiene 28 artículos organizados en 6 secciones:

I. La democracia y el sistema interamericano (Arts. 1–6)

  • Art. 1: Los pueblos de América tienen derecho a la democracia y sus gobiernos la obligación de promoverla y defenderla.
  • Art. 2: La democracia representativa se refuerza con la participación permanente, ética y responsable de la ciudadanía.
  • Art. 3: Elementos esenciales: derechos humanos, sufragio universal y secreto, régimen plural de partidos, separación de poderes.
  • Art. 4: Transparencia pública, libertad de expresión y prensa, subordinación constitucional al poder civil.
  • Art. 5: Fortalecimiento de partidos políticos como prioridad democrática.
  • Art. 6: La participación ciudadana es derecho y responsabilidad.

II. La democracia y los derechos humanos (Arts. 7–10)

  • Art. 7: La democracia es indispensable para el ejercicio efectivo de libertades fundamentales.
  • Art. 8: Cualquier persona cuyos derechos hayan sido violados puede interponer denuncias ante el sistema interamericano.
  • Art. 9: Eliminación de discriminación de género, étnica y racial; protección de pueblos indígenas y migrantes.
  • Art. 10: Derechos de los trabajadores y normas laborales básicas (OIT 1998).

III. Democracia, desarrollo integral y combate a la pobreza (Arts. 11–16)

  • Art. 11: Democracia y desarrollo económico-social son interdependientes.
  • Art. 12: Estados OEA se comprometen a reducir pobreza extrema.
  • Art. 13: Derechos económicos, sociales y culturales son consustanciales al desarrollo integral.
  • Art. 14: Examen periódico de acciones para fomentar diálogo y cooperación.
  • Art. 15: La democracia facilita el manejo adecuado del medio ambiente.
  • Art. 16: Desarrollo del potencial humano, inclusión de niñas, mujeres y minorías.

IV. Fortalecimiento y preservación de la institucionalidad democrática (Arts. 17–22)

  • Art. 17: Un gobierno puede solicitar asistencia al Secretario General de la OEA si su proceso democrático está en riesgo.
  • Art. 18: El Secretario General puede disponer visitas y gestiones con consentimiento del gobierno afectado.
  • Art. 19: Alteración del orden democrático constituye obstáculo insuperable para participar en órganos de la OEA.
  • Art. 20: Ante alteración constitucional, cualquier Estado puede solicitar convocatoria inmediata del Consejo Permanente.
  • Art. 21: Si gestiones diplomáticas fracasan, la Asamblea General puede suspender al Estado Miembro.
  • Art. 22: La suspensión se levanta por voto de dos tercios de los Estados Miembros.

V. La democracia y las misiones de observación electoral (Arts. 23–25)

  • Art. 23: Los Estados son responsables de organizar procesos electorales libres y justos.
  • Art. 24: Las misiones de observación electoral deben actuar de forma objetiva, imparcial y transparente.
  • Art. 25: La OEA puede enviar misiones especiales si no existen condiciones para elecciones libres.

VI. Promoción de la cultura democrática (Arts. 26–28)

  • Art. 26: La OEA desarrolla programas para promover principios y prácticas democráticas.
  • Art. 27: Atención especial a la educación de niños y jóvenes en valores democráticos.
  • Art. 28: Los Estados promoverán la plena e igualitaria participación de la mujer en estructuras políticas.
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¿Para qué nivel educativo es este libro de Quechua Chanka?
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📌 Antes de leer esto
  • Conocimiento básico del alfabeto quechua
  • Familiaridad con la cosmovisión andina (hanaq pacha = mundo de arriba)
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Carta Democrática interamericana

LLa democraci y el sistema interamerican

Articulo 1

Los poebios de Aninica tenen derecho a la democracia y $us gobiemos la obligacion de promgvetaydefenderla

La democracit es esencial pana el desamollo social. pollico y economico de los pueblos de las Amenicas.

Articulo 2

Eeerevde emraiaeesetva es aase estaddenech Americanos. La democracia representativa se nefuerza y profundiza con la participacion penmanente, etica y responsabie de la ciudadania en un marc de legalidad confoeme al resecvoorden coscina.

Articulo 3

Son elementos esenciales de la democracia representativa, entre otros, el respeto a los denechos humanos y las Ibertades tundamentaies, ei acoeso al poder y su ejercico con en el sutragio universal y secreto como esgresion de la soberania del puebio; el nigimen plural de pamidos y organizaciones poiicas: y la segaraciin e independencia de los poderes publicos.

Articulo4

Son componentes fundamentales del eiercicio de la democracia la transparenca de las publica, el respeto por los denechos sociales y la ibertad de espresion y de prensa.La subordinacibn consthucional de todas las insttuciones del Estado a la autoridad civl legaimente consthida y el resgeto al estado de demecho de todas las entidades y sectores de lasodedad son iuaimentehndamentaescata lademocrai

Articulo5

EI fortalecimiento de los paridos y de otras organizacones policas es priortaro para la demoSedebeneaeadeadesaosco ecmaaseeseedmenetaaaeed financiacion de sus actividades.

Articulo 6

derecho y una nesponsablidad. Es tambien una condiobn necesaria para el pleno y efecivo ejercicio de la democraca. Prgmover y fomentar dversas tormas de paticipaciin fotaleoe ldemoctaca.

E.Lademoeratia y los dheechos hmanos

Articulo 7

La democracia es indispensable para el ejeroicio electivo de las Ibertades fundamentales y s deechoshumanos. sieindieeiedeoendee.cnsaads en las sespectivas consthciones de los Estados y en Ios instrumentos interamercanos e emaionaesd dereehoshmanos

Articulo8

sido violados pueden interponer denuncias o peticiones ante el sistema interametcano de promocibn y proteccion de los dereches hamanos conlomme a los procedimientos establecidos en el mismo.

protecin delos denehos humanos can l consoidacinde la demooracia en el Hemiste

Articulo9

La eliminacion de toda foma de disoriminacion, especialmente la disoriminacbn de genero.etnica y racial.y de las dhversas formas de intbleranca, asi como la promociony proteccion de los denechos hymgnos de los puetios indioenas v los miorantes yel resgeto a la dversidad eemica, cultural y religiosa en las Ametcas, conerbuyen al fonalecimiento de la democracia y la partcipacion cudadang.

Articulo 10

los denechos de los trabajadores y la aplicacion de nommas laborales basicas, tal como estin consagadas en la Declanacitn de a Organzaodn Iintemaconal del Tabaio OT) relativa a Ios Princpios y DerechosFundamertsles en el Teabaio y su Seguimiento, adoptada en 1998,asi como en otras convenciones basicas afnes de la CiT. La democraca se fortalece con e meiongiene delas condconeslaesy l caldad devid losbaiadones Hemisterio.

I. Democracin, desarollo integral y combate a la pobneza

Amiculo 11

La democracia y el desamollo economico y social son interdependientes y se refuerzan mtamente

Amticulo 12

negativamente en la consolidacidn de la demooracia. Los Estados Miembros de la OEA se commeen aate toslesestsein deme prodtivolredcindelpoonayla eadcaindepobneeemateindo ee cuenta las diferentes realidades y condiciones economicas de los paises del Hemisterio. Este imootanade manetos egbgs matoeonmisyl imetvdefoaecera cohesion social yla democracia.

Anticulo 13

La peomgodn y gbsevania delos deechos egondmicos sociaes v ouaes son consustanciales al desarolo integral, al crecimiento economico con equidad y a la consoldacion de la democracia en los Estados del Hiemisfere.

Aticulo 14

Los Estados Membrgs aourdan eaamingr periodcamente asagcgnes adootadas ejeoutadas por la Organización encaminadas a fomentar el didlogo, la cooperacion pana el desamolo indegral y el combate a la pobneza en el Hemistento, v tomar las medidas oportunas para promever estos objetvos.

Anticulo 15

El ejercicio de la democracia faolita la presenacion y el manejo adecuado del medio ambiente del medio ambiente, respetando los diversos tratados y comvenciones, para lograr un detarolo sosenibeen benefio de sras geeraciones

Anticulo 16

del potencial humano y el alvio de la pobreza y fomentar un mayor entendimiento entre los todos, inciuyendo a las nifas y las mujeres, los habtantes de las zonas rurales y las personas que pentenecen a las minorias.

N. Fortalecimiento y preservacion de la institucionalidad democratica

Aticulo 17

Cuando el gobiemo de un Estado Membro considere que està en riesgo su proceso polisco insona demoeosueemgeerciciodelpoder.goaemr al Seetaig Genea o al Consejo Permanente a fn de soliotar asistencia para el fortalecimiento y preseneacbn de la insttuoonalidad demooraica.

Aticulo 18

Ouandoen n Estao Memtese godcansaiones pudeanect el desmolodei prooeso poltico instucional democrafco-o el legltimo e)ercicio del poder, el Secretaro General oel Conseio Permanente podraconel consentimiento pnevig del gobiemg alectado disgoner visiasy dsosonescon naidaddehacer un adisis de la sanEl Seetae General elevara un informe al Consejo Pemanente, y iste realzard una apreciacitn colectiea delasy.encasoneeso.poadordesiesdidasalnesenandel instucionalidad demoordtica y su fortalecimiento.

Aticulo 19

Basado en los pringpios de la Carta de la OEAy con suiecidn a sus nomas, Yen cgnondancia orden democrdtico o una aleracion del orden consttucional que atecte gavemente el orden democratoo en un Estado Membro consthuye, mientras persta, un obsticulo insuperable deConsua.deosCnteisdeOaniainydeasconferenisesecalzadas.eas comisiones, onupos de trabaio y demas oroanos de la Oroanizacidn.

Aticulo 20

En caso de que en un Estado Memoro se produzca una aleracion del onden constiucional qoe afecte gravemente su orden democrdfco, cualquier Estado Membro o el Secretafo General podra solictar la convgcaoria Inmediata del Conseio Pemanente para realizar una agneciacion coeca d lsinyadt lsdesionesuesme onveete

EI Consejo Penmanente, segin la shuacitn, podri disponer la nealzacibn de las gestones dlomaseosaas.nidsosbnsspaa movngmglzandel insthucionaldad democraica.

Si las gestones diplomdicas tesutanen inhuctuosas o si la urgencia del caso lo aconsejane.el Conseio Permanente comvocara de inmediato un periodo eodraordinario de sesiones de la Asamblea General para gue esta adopte las decisiones que estime apropiadas. incluyendo gestiones diplomafcas, contorme a a Carta de la Organizacide, el dereghg inngrraciongl y tas

Durante el proceso se realzaran las gestones diplomdticas necesatas, incluidos los buenos ofcios, para promover la nommalizacón de la instiucionalidad democrdtica.

Articulo 21

OaolaAseaGeetalcoadueiodoarndsesonescose qve se ha producito la ruptura del orden demoeratco en un Estado Membro y que las gestones diplomdicas han sido inhuctuosas, contomme a la Carta de la OEA tomars Ia decision vigor de inmediato.

EEsadoMembro gehudiea sido hieto de susoensndeet coefnar chsevando el cumplimiecto de tus obligaciones como miembro de la Organizacion, en partioular en materia dedenechoshumanos.

Adogtada la decsidn de suspender a un gobiemo, la Organizacidn mantendra sus gestiones dplcmdlicas para el restablecimiento de la demooracia en el Estado Miembeo alectado.

Aticulo 22

Una vez superada la shuacibn que motvó la suspension, cualquier Estado Membro o el Secretaro General podrd proponer a la Asamblea General el levantamiento de la suspension.Esta decisidn se adgtard por el voto de los dos tercios de los Estados Membros, de aouerdo con la Carta de la OEA.

V. La democracia y las misiones de cbservacion electoral

Atiao20

Los Estados Membros son los nesponsabies de organizar, levar a cabo y garantizar prooesos electorales Iibres v sustos.

o asistencia para el foralecimiento y desamolo de sus insttuciones y prooesos electorales.incluido el envio de misiones preliminanes para ese proposito.

Articulo 24

teesadCntalnaidadelbiededcoEstadye SeeeaoGeneacelerarnun convenio qoe determine el aicance y la cobemura de la misin de cbsenvacibn electoral do que se trate. Ei Estado Membro deberh garantzar las condiciones de seguridad, ibre acoeso a la infomacidn v ampla coooeracide con la misdn de obsenvacion electoral Las misiones de cbsenvacion eliectoral se nealizaran de confomidad con los pringpios y msdaOEALaOriaede laefaeindeendede es fomma objetia, imparcial y transparente, y con la capacidad tbcnica apropiada.Las misiones de obsenvacion electoral presentaran oportunamente al Consejo Permanente, a travls de la Seoretasa Genenal, los intonmes sobne sus actvidades

Atiaulo 25

de la Secretaria General, si no esistesen las condiciones necesarias para la realzacion de elecoones Ibres y iustas.

La OEA podra enviar, con el aouendo del Estado interesado. misiones especiales a fn de onea ceaomeioar das condnes.

V Pmide aa domi

Articulo 26

La OEA continuar desanolando grogamas v actividades dreidas a promgver os prinoipios v practicas democratcasy fotaleoer la cumona demooratca en el Hemishenio, considerando e demoraciaes un sistea de vidafndad e l betadel meioraiento eonmico Estados Miembros, tomando en cuenta los apontes de organizaciones de la sociedad civl qoe srabajen en esos ambitos.

Articulo 27

valores demgeosel tonalecimiento delaistionaldad polieavdelas gganizaiones de la sociedad civl. Se prestati atencibn especial al desarolo de programas y actividades aa la educaoon dela nine y la ventad comg fonmg de aseguar l penmgnengia de los vaiores demgcratcos, inguidas la lbetad y la usticia social.

Articulo 28

Los Estados promoveran la plena e igualtania partioipacion de a mujer en las estructuras poltcas de sus nespectives paises como elemento tundamental para la promocion y egeroico delghademoorsca

Dirección General de Educación Básica Regular Dirección de Educación Inicial

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