Lectura
Símbolos Patrios del Perú
Los símbolos que representan a la nación peruana son:
- Bandera: Tricolor roja y blanca, símbolo de la patria.
- Himno Nacional: El coro dice: "Somos libres, seámoslo siempre, y antes niegue sus luces el Sol, que faltemos al voto solemne que la Patria al Eterno elevó."
- Escudo: Emblema oficial de la República del Perú.
Declaración Universal de los Derechos Humanos
Aprobada el 10 de diciembre de 1948 por la Asamblea General de las Naciones Unidas.
| Artículo | Derecho || |---|---| | Art. 1 | Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos. | | Art. 2 | Toda persona tiene todos los derechos sin distinción de raza, color, sexo, idioma, religión u origen. | | Art. 3 | Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona. | | Art. 4 | Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre; prohibidas en todas sus formas. | | Art. 5 | Nadie será sometido a torturas ni a tratos crueles o inhumanos. | | Art. 6 | Todo ser humano tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica. | | Art. 7 | Todos son iguales ante la ley y tienen derecho a igual protección contra la discriminación. | | Art. 8 | Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante tribunales competentes. | | Art. 9 | Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado. | | Art. 10 | Toda persona tiene derecho a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente. | | Art. 11 | 1. Presunción de inocencia hasta que se pruebe la culpabilidad. 2. No retroactividad de la ley penal. | | Art. 12 | Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, familia, domicilio o correspondencia. | | Art. 13 | 1. Derecho a circular libremente. 2. Derecho a salir y regresar a su país. | | Art. 14 | En caso de persecución, derecho a buscar y disfrutar asilo en cualquier país. | | Art. 15 | 1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad. 2. Nadie será privado arbitrariamente de ella. | | Art. 16 | Hombres y mujeres tienen derecho a casarse y fundar una familia sin restricciones de raza, nacionalidad o religión. | | Art. 17 | 1. Toda persona tiene derecho a la propiedad. 2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad. | | Art. 18 | Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión. | | Art. 19 | Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión. |
El Acuerdo Nacional
Firmado el 22 de julio de 2002 por representantes de organizaciones políticas, religiosas, el Gobierno y la sociedad civil del Perú. Establece cuatro objetivos fundamentales:











