Símbolos Patrios, Declaración Universal de Derechos Humanos y Carta Democrática Interamericana
Respuesta rápida
Página de referencia cívica. Contiene: Símbolos Patrios del Perú, Declaración Universal de Derechos Humanos (arts. 1–30) y Carta Democrática Interamericana (arts. 1–28). No tiene ejercicios resolubles.
Solución — Página 14
La fiesta de la Candelaria. Cuento No. 23 · 2012
Lectura
Símbolos Patrios del Perú
Bandera: Tricolor roja y blanca, adoptada como símbolo de la nación peruana.
Escudo: Emblema oficial del Estado peruano.
Coro del Himno Nacional del Perú:
Somos libres, seámoslo siempre, y antes niegue sus luces el Sol que faltemos al voto solemne que la Patria al Eterno elevó.
Declaración Universal de Derechos Humanos (ONU, 10 de diciembre de 1948)
Artículo 1. Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
Artículo 2. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
Artículo 3. Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
Artículo 4. Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre en ninguna de sus formas.
Artículo 5. Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Artículo 6. Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.
Artículo 7. Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley.
Artículo 9. Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
Artículo 11. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad.
Artículo 15. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
Artículo 17. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
Artículo 18. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.
Artículo 21. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
Artículo 26. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental.
Artículo 28. Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.
Carta Democrática Interamericana (OEA)
Figuras de la página (3)



Preguntas que la gente también hace
¿Cuáles son los símbolos patrios del Perú?
¿Cuándo se aprobó la Declaración Universal de Derechos Humanos?
¿Qué es la Carta Democrática Interamericana?
¿Cuál es el coro del Himno Nacional del Perú?
¿Qué derechos fundamentales protege la ONU?
- • Conocimiento básico de civismo
- • Ver pág. 1: portada del libro sobre la Fiesta de la Candelaria
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