¿Qué función cumplen las misiones de observación electoral de la OEA según los artículos 23, 24 y 25?
- El artículo 23 señala que los Estados Miembros son responsables de organizar procesos electorales libres y justos, y pueden solicitar asesoramiento o asistencia a la OEA.
- El artículo 24 indica que las misiones se realizan por solicitud del Estado interesado, mediante un convenio con el Secretario General, y deben ser objetivas, imparciales y transparentes.
- El artículo 25 añade que las misiones informan al Consejo Permanente si no existen condiciones para elecciones libres y justas, y la OEA puede enviar misiones especiales con el acuerdo del Estado.
Las misiones de observación electoral acompañan y verifican que los procesos electorales sean libres, justos y transparentes, siempre a solicitud del Estado interesado.

