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Página — Saberes Y Pensamiento Cientifico 3° Secundaria (pág. 176)

📄 otro saberes y pensamiento cientifico 🎓 bachillerato · 3° Secundaria México 🇲🇽 MX 🗣 Español
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Página 176 de Colección Nanahuatzin. Saberes y pensamiento científico.   Libro de Educación Secundaria Grado 3°  Ciclo Escolar 2025 - 2026
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licitar la aprobación de la Semarnat. Además, cada entidad del país debe generar programas de verificación de las emisiones vehiculares.

La Lgeepa ordena que las entidades tengan un inventario de las fuentes fi jas de emisiones de contaminantes de la atmósfera y normen la manera en que éstas se vierten, tanto en relación con el tipo de contaminantes como con sus cantidades. De igual manera, advierte sobre dónde ubicar fuentes de contaminación para evitar que afecten a las poblaciones.

La misma Lgeepa destina varios de sus artículos a la prevención de la contaminación de los suelos mexicanos, donde senala cómo las industrias deben reducir sus subproductos contaminantes y darles un tratamiento antes de desalojarlos; también sobre cómo deben utilizarse los plaguicidas, fertilizantes y otras sustancias tóxicas para que sean compatibles con el equilibrio de los ecosistemas y cómo manejar los suelos contaminados por materiales o residuos peligrosos para recuperar o restablecer sus condiciones, entre muchas otras medidas.

Con respecto al control de la contaminación del agua, el Gobierno federal ha emitido algunas Normas Oficiales Mexicanas (NoM) que reglamentan los límites máximos permisibles de contaminantes que puede tener el agua según el uso que se le va a dar. A continuación,se ejemplifican las siguientes:

Las NOM-001-SEMARNATy NOM-001-ECOL-1996, actualizada la primera en 2021, establecen los límites máximos permisibles de contaminantes emitidos en las descargas de aguas residuales en aguas y bienes nacionales; las NOM-003-SEMARNAT-1997 y NOM-003-ECOL-1997 definen los límites de contaminantes para las aguas residuales tratadas que se reúsen en servicios al público (Gobierno de México, 2022).

Estas Normas Oficiales Mexicanas son documentos que sirven como leyes que se deben cumplir por cualquier empresa u organismo que deseche o descargue aguas a cuerpos como lagos o ríos.

El aumento de la contaminación ha propiciado la necesidad de reglamentar cómo las industrias y las comunidades deben tratar sus desechos, además de controlar sus emisiones para disminuir la acumulación de contaminantes en el medio ambiente y en los entornos urbanos sin afectar la producción de los bienes y servicios que ofrecen. Estas reglamentaciones son las Normas Ofciales Mexicanas, cuyo cumplimiento es de carácter obligatorio en el territorio nacional.

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