Símbolos de la Patria y Declaración Universal de los Derechos Humanos
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30 artículos proclaman derechos fundamentales de toda persona sin distinción. Perú exhibe sus símbolos patrios: Bandera, Himno y Escudo Nacional.
Solución — Página 180
Comunicación : cuadernillo de trabajo 5 · 2018
Lectura
Símbolos de la Patria
La página presenta tres símbolos nacionales del Perú:
- Bandera Nacional: enseña bicolor roja y blanca
- Himno Nacional: se incluye el coro: "Somos libres, seamoslo siempre / y antes niegue sus luces el Sol, / que faltemos al voto solemne / que la Patria al Eterno elevó."
- Escudo Nacional: emblema oficial del Estado peruano
Declaración Universal de los Derechos Humanos
Aprobada el 10 de diciembre de 1948 por la Asamblea General de las Naciones Unidas. Resumen de los 30 artículos:
| Artículo | Derecho fundamental |
|---|---|
| 1 | Libertad e igualdad en dignidad y derechos |
| 2 | No discriminación por raza, color, sexo, idioma, religión u opinión |
| 3 | Derecho a la vida, libertad y seguridad |
| 4 | Prohibición de la esclavitud y trata de esclavos |
| 5 | Prohibición de tortura y tratos crueles o degradantes |
| 6 | Reconocimiento de la personalidad jurídica |
| 7 | Igualdad ante la ley y protección contra discriminación |
| 8 | Derecho a recurso efectivo ante tribunales |
| 9 | Prohibición de detención arbitraria |
| 10 | Derecho a juicio público e imparcial |
| 11 | Presunción de inocencia; no retroactividad penal |
| 12 | Protección de la vida privada, familia y correspondencia |
| 13 | Libertad de circulación y residencia; derecho a salir del país |
| 14 | Derecho de asilo por persecución |
| 15 | Derecho a una nacionalidad |
| 16 | Derecho al matrimonio y a fundar familia con libre consentimiento |
| 17 | Derecho a la propiedad; nadie será privado arbitrariamente de ella |
| 18 | Libertad de pensamiento, conciencia y religión |
| 19 | Libertad de opinión y expresión |
| 20 | Libertad de reunión y asociación pacífica |
| 21 | Derecho a participar en el gobierno; sufragio universal |
| 22 | Derecho a la seguridad social y derechos económicos, sociales y culturales |
| 23 | Derecho al trabajo, libre elección, condiciones equitativas e igual salario |
| 24 | Derecho al descanso, tiempo libre y vacaciones pagadas |
| 25 | Derecho a nivel de vida adecuado: alimentación, vivienda, salud; protección a la infancia |
| 26 | Derecho a la educación gratuita y obligatoria; educación orientada al respeto de DDHH |
| 27 | Derecho a participar en la vida cultural y proteger la propiedad intelectual |
| 28 | Derecho a un orden social e internacional donde se hagan efectivos estos derechos |
| 29 | Deberes hacia la comunidad; limitaciones solo por ley para asegurar derechos de los demás |
| 30 | Ningún Estado, grupo o persona puede suprimir los derechos proclamados |
Glosario
- Declaración Universal: documento internacional que proclama derechos inalienables de toda persona
- Asamblea General ONU: órgano deliberativo de las Naciones Unidas
- Personalidad jurídica: reconocimiento legal de una persona como sujeto de derechos y obligaciones
- Presunción de inocencia: principio que considera inocente al acusado hasta que se pruebe su culpabilidad
- Sufragio universal: derecho de todos los ciudadanos a votar
- Propiedad intelectual: derechos sobre producciones científicas, literarias o artísticas
Preguntas que la gente también hace
¿Cuáles son los 30 artículos de la Declaración Universal de los Derechos Humanos?
¿Cuáles son los símbolos de la patria del Perú?
¿Cuándo fue aprobada la Declaración Universal de los Derechos Humanos?
¿Qué derechos fundamentales protege la ONU?
¿Qué dice el coro del Himno Nacional del Perú?
- • Conocimiento básico de civismo y ciudadanía
- • Comprensión lectora de textos formales e institucionales
📝 Transcripción de la página (texto seleccionable) 8898 caracteres
SiMBOLOS DE LA PATRIA
DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS EI 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó y proclamó Ia Declaracion Universal de Derechos Humanos, cuyos articulos figuran a continuacion:
Todos los seres humanos naoen Ibres e iguales en dignidad y derechos y.(] deben comportarse fratemalmente kos unos con los otros.
Articulo 1
Articulo 2
Toda persona tiene los derechos y Ibertades prociamados en esta Declaracion, sin distincion alguna de raza, color, sexo, idioma, relgien, opinion poltica o de caaiquier otra indole, ongen nacional o social posicion econdmica, nacimiento o cualquier otra condicion. Ademas,no se hara distincién alguna fundada en la condicion polica, juridica o intemacional del pais o temitono de cuya jurisdicgibn dependa una persona (.).
Anticulo 3
Todo individuo fene derecho a la vida, a ls libertad y a la seguridad de su persona.
Anticulo 4
Nadie estara sometido a esclavitud ni a senvidumbre; la esciavtud y la trata de esclavos estan prohibidas en todas sus formas. 2
Articulo 5
Nadie seri somefdo a torturas ni a penas o yratos crueles,ihumanos dogradantes.
Articulo 6
Todo ser humano fone derecho, en todaspartes, al foconocimiento do su personaldad juridica.Articulo 7
Todos son iguales ante la ley y tenen, sindistincin, derecho a lgual proteccibn de la ley. Todos tienen denecho a igual protoccion contra toda disoniminacidn que infrinja esta Declaracidn (-).
Articulo 8
Toda persona fene derecho a un recurso efedtivo, ante los tmbunales nacionales competentes, gue la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales ().
Articulo 9
Nadiepodri ser arbiraramente detenido.pneso nidestermad
Articulo 10
Toda persona tene derecho, en condciones de plena igualdad, a ser oida pubicamente y con justoia por un trbunal independiente e imparoial,para la determinagion de sus derechos y cbligaciones o para el eoxamen de cualquier acusación contra ella en materia pena.
Articulo 11
- Toda persona acusada de delto fiene derecho a que se prbsuma su inooencia mientras no se pnuebe su cuipabidad (..).
2.Nadie sera condenado por actos u omisiones qu en el momento ce cometerse no faeron delictivos sogun el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondra pona mas grave que la aplicable enemomento delacomisidn d deo
Articulo 12
Nadie ser objeto de injeroncias abiratas en su vida prhada, su famia.su domicloo su coespondencia, ni de ataques a su honra o a su reputacion. Toda persona tene derecho a la protecciin de la ley contra tales injerencias o ataques.
Articulo 13
- Tota persona tene derecho a croular Ibremerte y a elegr su residenc en el temtofo de un Estado.
2.Toda persona tiene denecho a salir de cualquier pais, indluso el propio. y a rognesar a su pais.Articulo 14
1.En caso de persecucion, toda persona tiene derecho a buscar aslo,y a dishutar de el. en cualquier pais.
2.Este derecho no podra ser invocado contra una accion judicial reaimente orginasa por deltos comunes o por actos opuestos a los propositos y principios de las Naciones Unidas.
Articulp 15
1.Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
2.Anadie se prvara arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionaldad.Articulo 16
1.Los hombres y las mujeres,a partir de la edad nubi, tenen dorecho,sin restricdión aigunapor motvos de raza, nacionalidad o relgion, a casarse y fundar una famila ().
2.Solo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podra contraerse el matimonio.3.La famiaes el elemento natraly fandamental de la sociedady Sene denecho ala protecidn de la sociedad y del Estado.
Articulo 17
1.Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
2.Nadie sera privado arbirariamente de su propiedad.
Articulo 18
Toda persona tene derecho a la ibertad de pensamiento, de conciencia y de rellgión (–1.Articulo 19
Todo individuo tene derecho a la libertad de opinin y de expresibn ().
Articulo 20
1.Toda persona fene derecho a la Ibertad de neunibn y de asociacibn pacificas.2.Nadie podrd ser obligado a perteneoer a una asociacion.
Articulo 21
1.Toda persona tiene denecho a partioipar en el gobiemo de su pais, directamente o por medio de representantes Ibremente escogidos.
2Toda persona tene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones piblicas de supais.
3La Voluntad del pueblio es la base de la autonidad del poder piblco; esta voluntad se expresara mediandeeleccones auentcas guehabrn deceebrarse periodcamente.por suago unversale igual y por veto secreto u otro prooedimiento equivalente que garantice la Ibertad del voto.
Articulo 22
Toda persona (tene-derecno a la segundad social. y a obtener.()habida cuenta de la organiza cion y los recursos de cada Estado, la satistaccbn de los derechos economicos, sociales y culhurales,indispensables a su dignidad y al libre desarrole de su personalidad
Articulo 23
1.Toda persona tene derecho al trabajoa la lbne eleccion de su trabajo, a condiciones equitativas y satistactorias de trabajo y a la proteccion contea el desempleo.
2.Toda persona 5ene derecho, sin disorminadonalguna, aigual salario por tabaio igual.
3Toda persona que trabeia tene derecho a una remuneracion equltativa y satistactoria, que le asegune,asi como a su familia, una existencia confome a la dignidad humana y que sera
4.Toda persona dene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.Articulo 24
Toda persona tope derecho al descanso, al distrute del bempo lbre, a una limtacion razonabio de la duracibn del trabajo y a vacaciones periodicas pagadas.
Artieulo 25
saludy el bienestar, y en especial la alimentacion, el vesfdo, la vivienda, la asistencia médica y los senicigs sociales nocosarios; bene asimismo denecho a los seguros en caso de desemploo,enfermedad, invalidez, viudez. vejez y otros casos de perdida de sus medios de subsistencia por circurstangias independientes de su voluntad.
2.La maternidad y la infancia tenen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los ninos,nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tenen derecho a igual proteccibn social.
Articulo 26
1.Toda persona tene derecho a la educacion. La educacion debe ser gratuita, al menos en lo conoemiente a la instdocibn elemental y fundamental. La instuccion elemental sera oblgatoria. La instruccion tbonica y prcfesional habra de ser generalizadac el acoeso a los estudios superores serd igual para todos, en funcibn de los mertos respectivos.
2.La educadion tendra por objeto el plento desarol de la personaidad humana y el fortaiecimiento del nespeto a los denechos humanos y a las Ibertades fandamentales, favorecerd la comprension, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todog los grupos etnicos o religiosos; y promoverd el desamolo de las actidades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
3.Los padres bendran derecho preferente a escoger el tipo de educacidn que habra de darse a sus hijos.
Articulo 27
1.Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente efla vida cutural de la comunidad, a gozar de las artes y a panticipar en el progreso cienefco y en los benefcios que de el resulten.
2.Toda persona tene denecho a la proteccidn de los intergses morales y materiales que le comespondan por razon de las producciones cientifcas, lteraras o artisticas de que sea autora.
Articulo 28
Toda persona tene derecho a que se establezca un orden social e intermacional en el que los denechos y lbertades procamados en esta Dedaracion se hagan plenamente efectivos.
Articulo 29
T.Toda persona tiene deberes respecto a la cogrunidad6-1.
2.Enel ejercicio de sus derechos y en el disffute dd sus fbertades, toda persona estara solamente sujeta a tas limitaciones establecidas por la ley conel unito fin de asegurar el reconocimiento y el rospeto do los derechos y lbertades de los demds.y do satsfacer las justas exigencias de la moral,del orden piblico y del bienestar general en una sodedad democrafca.
3.Estos derechos y ibertaoes np podran en ninguncaso ser ejercidos omposiciona lospropisitosy principies de las Naciones Undas.
Articulo 30
Nada en Ia presente Declaracion podra icterpretarse en el sentdo de que confere derecho alguno al Estado, a un gnupoo a una persona, para emprender y desarolar actividades()tendentes a la supresion de cualquiera de los derechos y lbertades proclamados en esta Deciaracion.
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Bandera Nacional
Himno Nacional
Escudo Nacional

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