¿Quiénes son considerados pueblos indígenas según el artículo 2° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos?
- El artículo 2° establece que son indígenas "aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la colonización".
- Además, deben "conservar sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas".
- Por tanto, se requieren dos condiciones: descendencia de poblaciones previas a la colonización y conservación (total o parcial) de sus instituciones propias.
Personas descendientes de poblaciones que habitaban el territorio mexicano al inicio de la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas.






