Compara las tres versiones del Artículo 3° (artículo original de la Constitución de 1857, proyecto presentado por el Primer Jefe el 1 de diciembre de 1916 y texto vigente) e identifica los principales cambios.
¿Cuáles son los principales cambios que identificas en el Artículo 3.º, desde el proyecto hasta lo escrito en la Constitución actual?
- Sujeto del derecho: En el texto de 1857 y en el proyecto de 1916 el artículo regula la enseñanza ("La enseñanza es libre", "Habrá plena libertad de enseñanza"); en la Constitución actual el derecho se titulariza en la persona: "Toda persona tiene derecho a la educación".
- Niveles cubiertos: En las versiones antiguas sólo se habla de educación primaria (elemental y superior); en el texto vigente el Estado imparte y garantiza la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria, media superior y superior.
- Obligatoriedad: El texto de 1857 no declara la educación obligatoria; la actual declara obligatoria la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria y la media superior (y la superior en términos de la fracción X).
- Actores responsables: El artículo original sólo dice que la primaria oficial se imparte gratuitamente; el vigente precisa que el Estado —Federación, Estados, Ciudad de México y Municipios— impartirá y garantizará la educación, y asume la rectoría educativa.
- Principios ampliados: El texto vigente añade que la educación impartida por el Estado será universal, inclusiva, pública, gratuita y laica, y reconoce la educación inicial como derecho de la niñez, responsabilidad del Estado.
- Continuidad: Se conserva el carácter laico de la educación pública desde 1857 hasta hoy, así como la gratuidad de la primaria oficial, que se extiende ahora a toda la educación básica.
El cambio fundamental es el paso de regular "la enseñanza" a reconocer el derecho subjetivo de toda persona a una educación amplia (inicial a superior), obligatoria, universal, inclusiva, pública, gratuita y laica, bajo la rectoría del Estado.
¿Cómo te beneficia que tengas una educación laica, gratuita y obligatoria?
- Gratuita: puedes asistir a la escuela sin pagar colegiaturas, libros ni inscripción en la educación básica, de modo que tu acceso no depende de los ingresos de tu familia.
- Obligatoria: el Estado debe garantizar tu plaza y la de cualquier niña o niño; además, te exige asistir y aprender, lo que protege tu derecho a la formación y no a la deserción.
- Laica: en la escuela pública no se imparte ninguna religión; convives con compañeros de distintas creencias y recibes información objetiva, y tú decides libremente tus convicciones.
- Obligación del Estado: si no hay escuela cercana o condiciones dignas, puedes exigir al gobierno que las proporcione, porque la educación es un derecho humano y una responsabilidad pública.
Te garantiza el acceso libre de costo a la escuela, obliga al Estado a educarte y te protege frente a la imposición religiosa, favoreciendo la convivencia respetuosa en la diversidad.




