Saltar al contenido
MisLibrosTexto
Ad

Responsabilidad compartida para la protección de datos personales

📄 teoria educacion-ciudadania 🎓 otro · 3° TELESECUNDARIA México 🇲🇽 MX 🗣 Español
Página 343
343 de 355
Página 343 de Colección Nanahuatzin. Ética, naturaleza y sociedades.   Libro de Educación Telesecundaria Grado 3°  Ciclo Escolar 2025 - 2026
Anterior Página 343 / 355 Siguiente

Respuesta rápida

La cultura de la legalidad exige colaboración ciudadana e institucional. Los datos personales (edad, domicilio, salud, ideología, etc.) deben protegerse y usarse solo para el fin con que se compartieron; su mal uso es delito. El acceso a las TIC es un derecho que se ejerce con responsabilidad y acompañamiento adulto.

📚 theory educacion-ciudadania ⭐⭐ Dificultad 2/5 ⏱ 6 min lectura

Solución — Página 343

Colección Nanahuatzin. Ética, naturaleza y sociedades. Libro de Educación Telesecundaria Grado 3° Ciclo Escolar 2025 - 2026

1
Ejercicio 1

Lectura y análisis del texto «Responsabilidad compartida para la protección de datos personales».

  1. El texto plantea que la cultura de la legalidad no se limita a conocer las leyes: exige trabajo coordinado entre ciudadanía e instituciones públicas.
  2. Señala que el Gobierno está obligado a garantizar el derecho a la protección de datos personales.
  3. Distingue dos tipos de información: la pública (favorece la participación democrática al mostrar cómo se gastan los recursos) y la personal (solo la comparte su titular y las instituciones deben resguardarla).
  4. Enumera ejemplos de datos personales: edad, domicilio, teléfono, correo electrónico, estado de salud, origen étnico, composición familiar, pensamiento o ideología, creencias religiosas y preferencia sexual.
  5. Explica que las leyes mexicanas obligan a usar esos datos solo para los fines con que fueron compartidos; el mal uso constituye un delito y una violación de derechos humanos.
  6. Advierte que los datos también se comparten en redes sociales y páginas de internet, donde pueden usarse incorrectamente y poner en riesgo a las personas.
  7. Concluye que el derecho de niñas, niños y adolescentes al acceso a las TIC debe ejercerse con responsabilidad y bajo la conducción de un adulto y de las instituciones protectoras.
Respuesta

La página enseña que proteger los datos personales es una responsabilidad compartida entre personas e instituciones, y que su mal uso es un delito.

2
Ejercicio 2

¿Qué diferencia hay entre información pública y datos personales según el texto?

  1. La información pública se refiere al uso de recursos públicos y favorece la participación democrática.
  2. Los datos personales solo los puede compartir su titular y las instituciones están obligadas a resguardarlos.
  3. Ejemplos de datos personales: edad, domicilio, teléfono, correo, estado de salud, origen étnico, composición familiar, ideología, creencias religiosas y preferencia sexual.
Respuesta

La información pública es abierta y fortalece la democracia; los datos personales son privados y deben protegerse.

3
Ejercicio 3

¿Por qué el mal uso de la información personal constituye un delito?

  1. Las leyes mexicanas establecen que los datos deben usarse solo para los fines con que fueron compartidos.
  2. Si una escuela, institución o empresa los usa para otro fin, incumple la ley.
  3. Esa conducta vulnera derechos humanos, como la privacidad y la intimidad.
Respuesta

Porque viola el derecho a la protección de datos personales y las leyes que lo regulan.

Ad
4
Ejercicio 4

¿Cómo se relaciona el derecho al acceso a las TIC con la protección de datos?

  1. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho al acceso a las tecnologías de la información y la comunicación.
  2. Ese derecho debe ejercerse con responsabilidad, pues en redes sociales y páginas de internet se comparten datos que pueden usarse incorrectamente.
  3. Debe hacerse bajo la conducción de un adulto y de las instituciones encargadas de proteger los datos.
Respuesta

El acceso a las TIC es un derecho, pero implica usarlas con responsabilidad y acompañamiento adulto.

Contenido de la página

Responsabilidad compartida para la protección de datos personales

La cultura de la legalidad se construye a partir del trabajo coordinado entre la ciudadanía y las instituciones públicas. También es resultado del conocimiento sobre sus derechos y las leyes que las protegen, además de promover la participación ciudadana, es decir, la colaboración activa en la vida política del país para integrar sociedades democráticas.

Parte de la cultura de la legalidad es el derecho a la protección de datos, y el Gobierno está obligado a garantizarlo. En este sentido, es importante conocer el derecho a la protección de los datos personales y la importancia de que las niñas, niños y adolescentes conozcan sobre el tema y puedan evitar situaciones de riesgo.

A diferencia de la información pública, que favorece la participación democrática al conocer cómo y en qué se gastan los recursos públicos, existe otro tipo de información que sólo las personas pueden compartir y las instituciones están obligadas a resguardar: los datos personales. Estos datos son, entre otros, edad, domicilio, número de teléfono, correo electrónico, estado de salud, origen étnico, composición familiar, pensamiento o ideología, creencias religiosas y preferencia sexual.

Si bien en muchas ocasiones estos datos son requeridos en la escuela, en los centros de salud o en empresas que proporcionan algún servicio, las leyes mexicanas establecen que deben ser protegidos y utilizados sólo para los fines que fueron compartidos. De esta forma, cuando se proporciona información personal, se hace con la seguridad de que no se le dará un mal uso.

Por ejemplo, en la secundaria, la Dirección y el personal administrativo pueden tener información del domicilio de sus estudiantes, así como del número telefónico de sus familiares para contactarlos en caso de una emergencia o para comentar los avances escolares, pero no pueden usar esos datos para ningún otro fin. En caso de que la escuela, institución o empresa haga mal uso de la información que le proporcionen, incurrirá en un delito y en la violación de derechos humanos.

Los datos personales no se proporcionan únicamente cuando se entregan originales o copias de ciertos documentos; también se comparten a través de las redes sociales o cualquier otra página de internet. Se debe tener cuidado porque mucha de esta información puede ser utilizada de manera incorrecta y poner en riesgo a las personas involucradas.

Aunque uno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes es el acceso a las tecnologías de la información y la comunicación, este derecho debe ejercerse con responsabilidad y bajo la conducción de un adulto y de las instituciones encargadas de proteger los datos personales.

Ejemplos resueltos

En la secundaria, la Dirección y el personal administrativo tienen el domicilio y el teléfono de los estudiantes y sus familiares. ¿Para qué pueden usarlos y para qué no?

  1. Pueden usarlos para contactar a la familia en caso de una emergencia.
  2. También para comentar los avances escolares.
  3. No pueden usarlos para ningún otro fin, pues las leyes mexicanas obligan a utilizarlos solo para los fines con que fueron compartidos.
  4. Si se usan para otro fin, la escuela incurre en un delito y en violación de derechos humanos.

Respuesta: Solo para emergencias y comunicación de avances escolares; cualquier otro uso es delito.

Tabla

Aspecto Información pública Datos personales
¿Quién la comparte? El Estado y las instituciones Solo su titular
¿Quién la resguarda? Es de acceso abierto Las instituciones están obligadas a resguardarla
Finalidad Favorece la participación democrática Se usa solo para el fin con que se compartió
Ejemplos Gasto de recursos públicos Edad, domicilio, teléfono, salud, ideología
Mal uso No aplica Constituye delito y violación de derechos humanos

Diagrama

mindmap
  root((Protección de datos personales))
    Cultura de la legalidad
      Ciudadanía
      Instituciones públicas
      Participación ciudadana
    Tipos de información
      Pública
        Recursos públicos
        Favorece la democracia
      Personal
        Edad
        Domicilio
        Teléfono
        Correo
        Salud
        Origen étnico
        Ideología
        Creencias
    Obligaciones
      Gobierno garantiza el derecho
      Instituciones resguardan
      Uso solo para el fin acordado
    Riesgos
      Mal uso = delito
      Violación de derechos humanos
      Redes sociales
    Derecho a las TIC
      Con responsabilidad
      Con acompañamiento adulto

Glosario (5)

Cultura de la legalidad
Conjunto de valores, conocimientos y prácticas mediante los cuales la ciudadanía conoce, respeta y ejerce las leyes, en coordinación con las instituciones públicas.
Datos personales
Información que identifica o hace identificable a una persona, como edad, domicilio, teléfono, correo, estado de salud, origen étnico, ideología o creencias.
Información pública
Información sobre el uso de recursos y acciones del Estado que cualquier persona puede consultar y que favorece la participación democrática.
Participación ciudadana
Colaboración activa de las personas en la vida política y pública del país para integrar sociedades democráticas.
TIC
Tecnologías de la información y la comunicación; su acceso es un derecho de niñas, niños y adolescentes que debe ejercerse con responsabilidad.

Preguntas para practicar

¿Por qué la protección de datos personales es una responsabilidad compartida?

Porque no depende solo del Gobierno o de las instituciones: las personas también deben conocer sus derechos, decidir qué información comparten y usarla con cuidado. Las instituciones, por su parte, están obligadas a resguardar los datos y usarlos solo para el fin con que fueron entregados. Si cualquiera de las dos partes falla, se vulneran derechos humanos.

¿Qué harías si detectas que una página de internet solicita datos que no necesita?

Lo más responsable es no proporcionarlos, revisar con un adulto la legitimidad del sitio y, si es necesario, reportarlo ante la autoridad correspondiente. También conviene leer los avisos de privacidad y configurar la privacidad de las redes sociales.

Temas y conceptos clave

Cultura de la legalidadProtección de datos personalesInformación pública vs. datos personalesMal uso de la información y delitoDerecho al acceso a las TICCultura de la legalidadDatos personalesInformación públicaResguardo institucionalViolación de derechos humanosResponsabilidad digital

Fuentes y referencias

  • Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (México)
  • Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (México)
  • Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (México)
¿Te fue útil esta página?

Preguntas que la gente también hace

¿Qué son los datos personales y cuáles son ejemplos?
Consulta la solución completa arriba o explora el libro entero para temas relacionados.
¿Quién está obligado a proteger los datos personales en México?
Consulta la solución completa arriba o explora el libro entero para temas relacionados.
¿Qué pasa si una escuela o empresa hace mal uso de mis datos personales?
Consulta la solución completa arriba o explora el libro entero para temas relacionados.
📌 Antes de leer esto
  • Noción de derechos humanos
  • Concepto de ciudadanía y participación
  • Conocimiento básico del uso de redes sociales e internet
Siguiente tema sugerido
Leyes mexicanas que protegen los datos personales y mecanismos de denuncia
📝 Transcripción de la página (texto seleccionable) 2749 caracteres

Responsabilidad compartida para la protección de datos personales

La cultura de la legalidad se construye a partir del trabajo coordinado entre la ciudadania y las instituciones públicas. También es resultado del conocimiento sobre sus derechos y las leyes que las protegen, además de promover la participación ciudadana, es decir, la colaboración activa en la vida politica del pais para integrar sociedades democráticas.

Parte de la cultura de la legalidad es el derecho a la protección de datos, y el Gobierno está obligado a garantizarlo. En este sentido, es importante conocer el derecho a la protección de los datos personales y la importancia de que las ninas, ninos y adolescentes conozcan sobre el tema y puedan evitar situaciones de riesgo.

A diferencia de la información pública, que favorece la participación democrática al conocer cómo y en qué se gastan los recursos públicos,existe otro tipo de información que sólo las personas pueden compartir y las instituciones están obligadas a resguardar: los datos personales. Estos datos son, entre otros, edad, domicilio, número de telefono, correo electrónico, estado de salud, origen étnico, composición familiar, pensamiento o ideologia, creencias religiosas y preferencia sexual.

Si bien en muchas ocasiones estos datos son requeridos en la escuela,en los centros de salud o en empresas que proporcionan algún servicio,las leyes mexicanas establecen que deben ser protegidos y utilizados sólo para los fi nes que fueron compartidos. De esta forma, cuando se proporciona información personal, se hace con la seguridad de que no se le dará un mal uso.

Por ejemplo, en la secundaria, la Dirección y el personal administrativo pueden tener información del domicilio de sus estudiantes, así como del número telefónico de sus familiares para contactarlos en caso de una emergencia o para comentar los avances escolares, pero no pueden usar esos datos para ningún otro fin. En caso de que la escuela, institución o empresa haga mal uso de la información que le proporcionen, incurriráen un delito y en la violación de derechos humanos.

Los datos personales no se proporcionan únicamente cuando se entregan originales o copias de ciertos documentos; también se comparten a través de las redes sociales o cualquier otra página de internet. Se debe tener cuidado porque mucha de esta información puede ser utilizada de manera incorrecta y poner en riesgo a las personas involucradas.

Aunque uno de los derechos de los ninos, ninas y adolescentes es el acceso a las tecnologías de la información y la comunicación, este derecho debe ejercerse con responsabilidad y bajo la conducción de un adulto y de las instituciones encargadas de proteger los datos personales.

342

Ad

Otros libros recomendados

Ver todos →
Ad

Usamos cookies propias y de terceros para personalizar contenido, mostrar publicidad y analizar el tráfico. Las cookies necesarias siempre están activas.