Saltar al contenido
MisLibrosTexto
Ad

Carta Democrática Interamericana: democracia, derechos humanos e institucionalidad

📄 teoria otro 🎓 secundaria Secundaria Perú 🇵🇪 PE 🗣 Español
Página 112
112 de 113
Página 112
Anterior Página 112 / 113 Siguiente

Respuesta rápida

La Carta Democrática Interamericana (OEA) contiene 28 artículos en 6 capítulos: democracia y sistema interamericano, derechos humanos, desarrollo y pobreza, institucionalidad, observación electoral y cultura democrática.

📚 theory otro ⭐⭐⭐ Dificultad 3/5 ⏱ 12 min lectura

Solución — Página 112

Aprendemos a través del lenguaje de las artes visuales Fascículo 1 para estudiantes de Educación Secundaria · 2024

Carta Democrática Interamericana (página informativa)

Esta página contiene el texto normativo de la Carta Democrática Interamericana, adoptada por la OEA. Al tratarse de un documento de consulta y no de un ejercicio, se ofrece una síntesis organizada por capítulos para su estudio.

Capítulo I — La democracia y el sistema interamericano (Arts. 1–6)

  • Art. 1: los pueblos de América tienen derecho a la democracia; los gobiernos deben promoverla y defenderla como condición del desarrollo social, político y económico.
  • Art. 2: la democracia representativa es la base del Estado de derecho y se profundiza con la participación permanente, ética y responsable de la ciudadanía.
  • Art. 3: elementos esenciales: respeto a los derechos humanos, acceso al poder conforme a derecho, elecciones periódicas, libres, justas, con sufragio universal y secreto, pluralismo de partidos y separación de poderes.
  • Art. 4: componentes: transparencia, probidad, responsabilidad en la gestión pública, libertad de expresión y de prensa, subordinación de todas las instituciones a la autoridad civil legalmente constituida.
  • Art. 5: prioridad al fortalecimiento de partidos y organizaciones políticas, atendiendo el problema de los altos costos de campañas y un financiamiento equilibrado y transparente.
  • Art. 6: la participación ciudadana en las decisiones sobre su propio desarrollo es derecho y responsabilidad, y condición necesaria para el ejercicio pleno de la democracia.

Capítulo II — La democracia y los derechos humanos (Arts. 7–10)

  • Art. 7: la democracia es indispensable para el ejercicio efectivo de las libertades fundamentales y los derechos humanos, de carácter universal, indivisible e interdependiente.
  • Art. 8: toda persona puede interponer denuncias o peticiones ante el sistema interamericano de protección de los derechos humanos; los Estados refuerzan ese sistema.
  • Art. 9: la eliminación de toda discriminación (de género, étnica, racial) y de la intolerancia, junto con la protección de los pueblos indígenas y migrantes, fortalece la democracia.
  • Art. 10: se requiere el ejercicio pleno de los derechos de los trabajadores conforme a la Declaración de la OIT de 1998 sobre Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo; mejores condiciones laborales fortalecen la democracia.

Capítulo III — Democracia, desarrollo integral y combate a la pobreza (Arts. 11–16)

  • Art. 11: democracia y desarrollo económico y social son interdependientes y se refuerzan mutuamente.
  • Art. 12: pobreza, analfabetismo y bajos niveles de desarrollo humano afectan la consolidación de la democracia; los Estados se comprometen a crear empleo productivo, reducir la pobreza y erradicar la extrema, manteniendo equilibrios macroeconómicos y cohesión social.
  • Art. 13: los derechos económicos, sociales y culturales son consustanciales al desarrollo integral y a la equidad.
  • Art. 14: los Estados examinarán periódicamente las acciones de la OEA en diálogo, cooperación y lucha contra la pobreza.
  • Art. 15: la democracia facilita la preservación del medio ambiente; se exigen políticas de protección conforme a los tratados para un desarrollo sostenible.
  • Art. 16: la educación de calidad, al alcance de todos —niñas, mujeres, zonas rurales y minorías— es clave para fortalecer las instituciones y aliviar la pobreza.

Capítulo IV — Fortalecimiento y preservación de la institucionalidad democrática (Arts. 17–22)

  • Arts. 17–18: un Estado puede pedir asistencia al Secretario General o al Consejo Permanente cuando su proceso democrático esté en riesgo; con consentimiento del gobierno afectado se realizan visitas y gestiones de análisis, con informe al Consejo Permanente.
  • Art. 19: la ruptura del orden democrático o una alteración constitucional grave impide la participación del gobierno en los órganos de la OEA mientras persista.
  • Art. 20: ante alteración constitucional grave, cualquier Estado o el Secretario General puede pedir convocatoria del Consejo Permanente; este dispone gestiones diplomáticas y, si fallan, convoca sesión extraordinaria de la Asamblea General.
  • Art. 21: la Asamblea General puede suspender a un Estado Miembro con voto afirmativo de dos tercios; el Estado suspendido sigue obligado, en particular en derechos humanos, y la OEA mantiene gestiones diplomáticas.
  • Art. 22: superada la situación, se propone el levantamiento de la suspensión, decidido por dos tercios de los Estados Miembros.

Capítulo V — La democracia y las misiones de observación electoral (Arts. 23–25)

  • Art. 23: los Estados organizan y garantizan procesos electorales libres y justos, y pueden pedir asesoramiento o asistencia a la OEA, incluidas misiones preliminares.
  • Art. 24: las misiones de observación se realizan a solicitud del Estado mediante convenio con el Secretario General; el Estado garantiza seguridad, acceso a la información y cooperación; las misiones actúan con objetividad, imparcialidad, transparencia y capacidad técnica, y presentan informes al Consejo Permanente.
  • Art. 25: las misiones informan al Consejo Permanente, vía Secretaría General, cuando no existan condiciones para elecciones libres y justas, y pueden enviarse misiones especiales para mejorarlas.

Capítulo VI — Promoción de la cultura democrática (Arts. 26–28)

  • Art. 26: la OEA desarrolla programas para promover principios y prácticas democráticas y fortalecer la cultura democrática, en consulta con Estados Miembros y sociedad civil.
  • Art. 27: las actividades promueven gobernabilidad, buena gestión, valores democráticos e institucionalidad, con atención especial a programas para la educación de la niñez y juventud, asegurando permanencia de valores democráticos, libertad y justicia social.
  • Art. 28: los Estados promueven la plena y equitativa participación de la mujer en las estructuras políticas como elemento fundamental de la cultura democrática.

Respuesta: página informativa con el texto de la Carta Democrática Interamericana (28 artículos en 6 capítulos) que define la democracia representativa, sus derechos, la institucionalidad, la observación electoral y la cultura democrática.

¿Te fue útil esta página?

Preguntas que la gente también hace

¿Qué establece la Carta Democrática Interamericana sobre la suspensión de un Estado Miembro?
Consulta la solución completa arriba o explora el libro entero para temas relacionados.
¿Cuáles son los elementos esenciales de la democracia representativa según la OEA?
Consulta la solución completa arriba o explora el libro entero para temas relacionados.
¿Qué papel cumplen las misiones de observación electoral en la Carta Democrática?
Consulta la solución completa arriba o explora el libro entero para temas relacionados.
📌 Antes de leer esto
  • • Conceptos básicos de democracia y Estado de derecho
  • • Organización de la OEA y sus órganos
  • • Noción de derechos humanos y sufragio universal
Siguiente tema sugerido
Actividades de análisis y aplicación de los artículos de la Carta Democrática Interamericana
Ad

Páginas cercanas

Otros libros recomendados

Ver todos →
Ad

Usamos cookies propias y de terceros para personalizar contenido, mostrar publicidad y analizar el tráfico. Las cookies necesarias siempre están activas.