¿Las mujeres y los afrodescendientes tenían los mismos derechos?
- Bajo la Constitución de Cádiz de 1812 se proclamaban derechos de ciudadanía, pero en la práctica estaban reservados a los varones libres (principalmente criollos y peninsulares) con cierto nivel de ingreso o propiedad.
- Las mujeres quedaban excluidas del voto y de todo cargo político: se las consideraba legalmente tuteladas primero por el padre y luego por el esposo.
- Los afrodescendientes, esclavos o libres, enfrentaban restricciones legales y sociales: la esclavitud no fue abolida en 1812 y los castas del sistema colonial limitaban su participación ciudadana.
- Por lo tanto, ni mujeres ni afrodescendientes gozaban de los mismos derechos que los varones blancos propietarios.
No, no tenían los mismos derechos: la Constitución de 1812 reconocía la ciudadanía sobre todo a varones libres y propietarios, mientras que a las mujeres se les negaba el voto y la participación política, y a los afrodescendientes se les mantenía en condiciones de esclavitud o subordinación jurídica.




